• Distritos
  • Madrid
  • Comunidad
  • Deportes
  • Cultura
  • Ciencia y tecnología
  • Salud
  • Empleo
  • Opinión
Gacetín Madrid
ComunidadNoticias

Condenado a más de 27 años de cárcel el «descuartizador de Majadahonda»

Gacetín Madrid 23 octubre, 2017
23 octubre, 2017
FacebookTwitterRedditWhatsappTelegramThreadsBluesky
1,1K
  • La Sección Treinta de la Audiencia Provincial de Madrid considera probado que B.H.V. es criminalmente responsable de las muertes de Liria y Adriana, a las que troceó con una picadora de carne y cuyos restos mortales escondió en un lugar desconocido.
  • La sentencia descarta que la esquizofrenia paranoide que padece anulara sus facultades mentales, pues no se ha establecido una relación entre el delirio y los hechos cometidos.

La Sección 30 de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a 27 años, tres meses y un día de prisión a B.H.V., después de que un jurado popular le haya considerado responsable de las muertes de Liria y Adriana, cuyos cadáveres hizo desaparecer troceándolos con una máquina picadora industrial que tenía en el sótano del domicilio propiedad de su tía Liria, su primera víctima mortal.

Por cada uno de estos dos crímenes se le condena a doce años de cárcel, el resto de la pena es por el delito continuado de estafa (veintiún meses y un día de prisión), por el de falsedad documental (seis meses de prisión) y por el de tenencia ilícita de armas (un año de cárcel).

La sentencia considera probado, tal y como estableció el jurado popular, que tras matar a su tía Liria, B.H.V. constituyó una empresa de construcción con el ánimo de obtener un beneficio económico de la muerte de su familiar.

Con tal fin, giró recibos meses después de su fallecimiento contra la cuenta de la que ella era propietaria por importe de más de treinta y tres mil euros, y con idéntico propósito, simuló la firma de su pariente en un contrato falaz de arrendamiento, por el que la fallecida Liria le cedía el uso de la vivienda de la calla Sacedilla de Majadahonda (donde se encontraba la picadora industrial de carne con la que troceó su cadáver) durante quince años por el importe de 18.000 euros, cantidad que jamás satisfizo, aunque sí alquiló esa casa a cambio de un precio.

La sentencia considera igualmente probado que el condenado, años después de este primer crimen, el 1 de abril de 2015, causó voluntariamente la muerte de Adriana, cuyo cadáver también troceó e hizo desparecer con posterioridad, ayudándose de la misma picadora de carne con que desmenuzó los restos mortales de su familiar.

Para hacer creer a los allegados y amigos de Adriana que la joven seguía con vida y se había marchado de viaje, tres días después de su muerte, introdujo bajo la puerta del establecimiento comercial en el que ella trabajaba un sobre con una carta mecanografiada dirigida al gerente, en la que se manifestaba la voluntad de la mujer de dejar el puesto de trabajo para emprender viaje por Europa.

Con el ánimo de otorgar verosimilitud a la estrategia, B.H.V. envió mensajes con el móvil de la fallecida, en los que afirmaba que se encontraba en Barcelona de camino al extranjero.

El condenado hizo desaparecer los cuerpos ocultándolos en un lugar desconocido, ya que la picadora industrial de carne era de gran potencia, capaz de triturar carne y huesos. En el registro de su vivienda se encontraron diferentes armas, para las que no tenía licencia.

Durante la vista oral, por la defensa del acusado se solicitó la concurrencia de la causa de exención criminal al considerar que B.H.V. estaba privado de sus capacidades mentales, tanto intelectivas como volitivas, sin saber lo que hacía porque padece esquizofrenia paranoide diagnosticada desde el año 2012.

Sin embargo, los psiquiatras han establecido en el juicio que el esquizofrénico “puede estar loco pero no es tonto”. Es decir, asegura la sentencia, el hecho de que padezca una enfermedad como la esquizofrenia paranoide no significa que el condenado tenga anuladas sus facultades mentales, pues no se ha establecido una relación entre el delirio y los hechos cometidos.

La sentencia dice textualmente: “En este caso, la elaboración de todos los delitos cometidos, desde la compra de la máquina picadora a nombre de un tercero inexistente, pero con el número de teléfono del acusado y con destino en su domicilio, el hecho de acompañar a Liria asiduamente como lo han relatado su padre y el resto de los hermanos de ella desde el momento en que fallece su hijo en 2006 y conoce que va a percibir unos ingresos, hasta el engaño a los hermanos de Liria, diciéndoles que se había marchado a Ávila y que no quería verlos, supone una elaboración del delito que en nada acredita que sus facultades mentales estuvieran anuladas ni alteradas gravemente”.

Y lo mismo ocurre en el caso de la segunda muerte, con toda la elaboración previa y posterior. Incluso su novia, que vio al acusado durante esos días, manifestó en la vista oral que B.V.H. no se encontraba en esos momentos bajo los efectos de un brote psicótico.

“Su razonamiento –establece la sentencia-, iba dirigido a un solo fin, que era ocultar el mayor número de pruebas que hicieran sospechar a familiares y amigos que Adriana podría haber fallecido”.

FacebookTwitterRedditWhatsappTelegramThreadsBluesky
Gacetín Madrid

Periódico digital de la Ciudad de Madrid (España)

noticia anterior
Comienza el recuento de los votos de la consulta ciudadana «Vota 11 plazas»
siguiente noticias
Un total de 4.000 personas participaron en la 37º Carrera de la Ciencia en Madrid

Te puede interesar

Ruta por los 44 belenes de Madrid: guía...

6 diciembre, 2025

El Museo del Prado abre sus puertas esta...

6 diciembre, 2025

El arte modernista de Monet, Gauguin, van Gogh,...

6 diciembre, 2025

El taxi de Madrid reclama «igualdad» en el...

5 diciembre, 2025

La 3ª Feria Monástica llega al centro de...

5 diciembre, 2025

Multados 3 de cada 10 conductores de furgoneta...

5 diciembre, 2025

El delegado del Gobierno en Madrid defiende la...

5 diciembre, 2025

La San Silvestre Vallecana 2025 se presenta como...

5 diciembre, 2025

Ayuso apela a los “hijos de la Transición”...

5 diciembre, 2025

Segunda jornada de huelga en las ambulancias de...

5 diciembre, 2025

Comentarios Cancelar respuesta

Somos un medio de comunicación digital de actualidad de acceso gratuito e independiente de la ciudad de Madrid. Informamos de las últimas noticias que suceden en los 21 distritos y los diferentes barrios o zonas de Madrid, así como todas las noticias de interés para los madrileños.

Contacta

  • Contacto: contacto@gacetinmadrid.com
  • Opina: opinion@gacetinmadrid.com
  • Anúnciate con nosotros: marketing@gacetinmadrid.com

El arte modernista de Monet, Gauguin, van Gogh,...

6 diciembre, 2025

El taxi de Madrid reclama «igualdad» en el...

5 diciembre, 2025

La San Silvestre Vallecana 2025 se presenta como...

5 diciembre, 2025

Madrid reforzará la atención a sin hogar con...

5 diciembre, 2025

Cortada la circulación en la Línea 1 de...

5 diciembre, 2025
  • Twitter
  • Telegram
  • Facebook
  • Instagram
  • Whatsapp

@2024 - Todos los derechos reservados a Gacetín Madrid. Política de privacidad | Política de Cookies


Volver arriba
Gestiona tu privacidad

Para ofrecer las mejores experiencias, nosotros y nuestros socios utilizamos tecnologías como cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. La aceptación de estas tecnologías nos permitirá a nosotros y a nuestros socios procesar datos personales como el comportamiento de navegación o identificaciones únicas (IDs) en este sitio y mostrar anuncios (no-) personalizados. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.

Haz clic a continuación para aceptar lo anterior o realizar elecciones más detalladas. Tus elecciones se aplicarán solo en este sitio. Puedes cambiar tus ajustes en cualquier momento, incluso retirar tu consentimiento, utilizando los botones de la Política de cookies o haciendo clic en el icono de Privacidad situado en la parte inferior de la pantalla.

Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.
Estadísticas

Marketing

Características
Siempre activo

Siempre activo
  • Administrar opciones
  • Gestionar los servicios
  • Gestionar {vendor_count} proveedores
  • Leer más sobre estos propósitos
Administrar opciones
  • {title}
  • {title}
  • {title}
Gacetín Madrid
  • Distritos
  • Madrid
  • Comunidad
  • Deportes
  • Cultura
  • Ciencia y tecnología
  • Salud
  • Empleo
  • Opinión