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FACUA denuncia a Mercadona, Hipercor y Dia por «publicidad engañosa» en sus cacaos solubles de marca blanca

Gacetín Madrid
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FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a Mercadona, Hipercor y Dia por «publicidad engañosa» al comercializar productos de su marca propia bajo la denominación de Cacao soluble «pese a que únicamente contienen entre un 22% y un 30% de este ingrediente». Las denuncias se han presentado ante el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.

En concreto, en el etiquetado del Cacao soluble Hacendado aparecen como ingredientes —en orden decreciente como marca la ley— azúcar, cacao desgrasado en polvo (30%), fosfato dicálcico, sal y canela en polvo. En consecuencia, dicha denominación «lleva al consumidor a error, pues le hace pensar que está adquiriendo un alimento que se compone principalmente de cacao cuando en realidad el ingrediente más importante es el azúcar».

En el caso del Cacao soluble sin gluten marca El Corte Inglés, los ingredientes son azúcar, cacao desgrasado en polvo (25%), harina de arroz, extracto de malta de sin gluten (cebada), antiaglomerante (fosfato dicálcico), aromas, sal y emulgente: lecitina de soja. Por su parte, el Cacao soluble Temptation de Dia está compuesto por azúcar, cacao desgrasado en polvo (22%), almidón de maíz, extracto de malta de cebada (sin gluten), antiaglomerante (E341), aromas, nuez de cola en polvo, sal y emulgente (lecitina).

Por ello, la asociación considera que «se trata de tres casos de publicidad engañosa, ya que si el consumidor no hace el esfuerzo de leer el etiquetado de los envases, y en concreto la composición de los mismos, puede adquirir bajo engaño unos alimentos que no se ajustan a sus preferencias».

Qué dice la ley

Además, el artículo 18 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, dispone que “el etiquetado y presentación de los bienes y servicios y las modalidades de realizarlo deberán ser de tal naturaleza que no induzca a error al consumidor y usuario” en aspectos como la composición, cantidad, cualidades, identidad o modo de fabricación entre otras.

En este sentido, el artículo 5 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal también considera desleal por engañosa “cualquier conducta que contenga información falsa o información que, aun siendo veraz, por su contenido o presentación induzca o pueda inducir a error a los destinatarios, siendo susceptible de alterar su comportamiento económico”.

Por todo ello, FACUA pide al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 que inste a Mercadona, Hipercor y Dia a «retirar el etiquetado de estos productos comercializados como cacaos solubles», y que abra expedientes sancionadores a estas cadenas de supermercados por «haber vulnerado la normativa vigente en materia de defensa de los consumidores y usuarios».

Foto: FACUA.

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