El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha autorizado, en su reunión de hoy, iniciar los trámites del Decreto para crear un registro de establecimientos y empresas alimentarias de comercio al por menor de sus productos y se regulará el procedimiento de comunicación previa de inicio de las actividades.
En concreto, el acuerdo autoriza a la Consejería de Sanidad a la publicación en el Portal de Transparencia de la consulta pública relativa al proyecto, cuyo objetivo es proteger la salud de los consumidores a través de la información que ofrecen los operadores. Así, se facilita a que las autoridades sanitarias puedan realizar una adecuada programación de los controles oficiales y, en los supuestos de detección de un peligro, actuar con celeridad y eficacia sin obstaculizar la libre circulación de mercancías.
La futura normativa se aplicará tanto a los que vendan en una ubicación fija como a los que lo hagan en establecimientos de restauración comercial y locales utilizados principalmente como vivienda privada en el que se preparen estos artículos. También implica a los operadores con razón social en la Comunidad de Madrid pero que no dispongan de recinto fijo en la región, como son los que venden en mercadillos, en festejos populares, en puestos aislados o vehículos itinerantes, y las compañías propietarias de máquinas expendedoras de productos alimenticios.
Todo ello bajo la premisa de evitar de trabas y cargas administrativas. En este sentido, la condición única y suficiente para que se pueda iniciar el trabajo es la presentación de la comunicación previa de inicio de actividad. Esto facilitará este tipo de actividad económica.
La producción de alimentos puede provocar riesgos para los consumidores y usuarios si no se cumplen los principios de buenas prácticas. Por este motivo, las empresas alimentarias están sujetas a un control de la higiene y seguridad, para lo cual deben comunicar su actividad y quedar inscritas. Se registran también otras actividades relacionadas con la alimentación, como el comercio minorista de la carne y los alimentos para usos médicos especiales.