La Comunidad de Madrid ha adaptado las medidas preventivas tras la actualización de la Estrategia de Vigilancia y Control frente al COVID-19 por parte del Gobierno central. Así se plasma en una Orden de la Consejería de Sanidad que se publica hoy en el Boletín Oficial regional (BOCM), momento a partir del cual entrará en vigor.
El objetivo de esta reforma, una vez se ha superado ya la fase aguda de la pandemia por coronavirus, es simplificar y reducir las normas preventivas vigentes en todas las actividades y adaptar las restricciones con el fin de vigilar y dirigir las actuaciones de control a personas y ámbitos de mayor vulnerabilidad y a casos graves.
El cambio en la estrategia, junto a la estabilización de los indicadores epidemiológicos, la reducción del número de ingresos hospitalarios y la amplia cobertura vacunal en la región –mayores de 12 años con pauta completa, 92,9%, y con una dosis, 94,2%– determina la necesidad de reducir al mínimo las limitaciones frente al coronavirus vigentes en la Comunidad de Madrid.
El eje fundamental de esta nueva Orden es que todas las actividades económicas y sociales se puedan desarrollar conforme a su regulación ordinaria, debiendo observarse únicamente medidas higiénicas y de prevención generales, tales como realizar una limpieza adecuada de las instalaciones, habilitar dispensadores de gel para clientes y trabajadores, así como una correcta ventilación de los espacios.
Uso obligatorio de mascarilla
En lo que respecta al uso obligatorio de las mascarillas se mantiene en idénticos términos que exige la normativa estatal, siendo obligatoria en espacios interiores hasta que el Gobierno central, mediante Real Decreto, proceda a su modificación. Sobre esta materia, la Comunidad de Madrid ha propuesto la eliminación de su uso en interiores salvo en residencias, hospitales y en el transporte público.
Asimismo, en los eventos deportivos multitudinarios, como la Liga de Futbol Profesional (LFP) o la Asociación de Clubes de Baloncesto –ACB–, se les aplicarán las medidas preventivas que en cada momento se establezcan para este concreto sector por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS). Asimismo, según el acuerdo alcanzado por este órgano el pasado 23 de marzo, se mantiene la obligatoriedad de la mascarilla para los asistentes a estos espectáculos si bien, a partir del 1 de abril, se permitirá el consumo de alimentos y bebidas por parte del público.
Recordatorio de la Estrategia frente al COVID-19
En cuanto a la Estrategia de vigilancia y control, cuyos cambios ya anunció la Comunidad de Madrid, se eliminan los aislamientos para casos asintomáticos y leves de COVID-19, manteniendo para ellos el uso de la mascarilla, reducir las interacciones sociales, evitar el contacto con personas vulnerables y continuar con la higiene de manos. No obstante, en el caso de las residencias de mayores, las cuarentenas serán de cinco días, con 24 horas sin sintomatología, mientras que para los pacientes que se encuentren hospitalizados, también serán de cinco días, pero incluyendo en este caso una prueba negativa o con carga viral baja.
De igual modo, la Estrategia centra la realización de pruebas de diagnóstico de infección activa en personas y entornos vulnerables. El profesional sanitario, previa valoración de síntomas respiratorios, indicará las pruebas que considere necesarias para determinar si hay infección activa.
Por otro lado, de manera progresiva, la Consejería de Sanidad va a suprimir los controles de entrada en los centros de salud y hospitales, permitiendo los acompañamientos y visitas con carácter general. Además, se revisarán los circuitos COVID y no COVID para mantener la separación solo por motivos de estructura y tipo de pacientes.
Por último, desde hoy tampoco será necesario notificar el resultado positivo tras un test de autodiagnóstico al número de teléfono 900.102.112, que seguirá con su normal actividad de citaciones en hospitales derivadas de Atención Primaria, información sobre el COVID-19 (vacunación, certificado digital, etc.), citación para las campañas de DEPRECAM (cáncer de mama) y del PREVECOLON (cáncer de colon), entre otras.