El Ayuntamiento subvencionará a empresas para la contratación o renovación de trabajadores y desempleados de Vicálvaro

Gacetín Madrid

La vicealcaldesa de Madrid, Begoña Villacís, acompañada del delegado de Economía, Innovación y Empleo y presidente de la Agencia para el Empleo, Miguel Ángel Redondo; la concejal delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana, Silvia Saavedra; y el concejal del distrito de Vicálvaro, Martín Casariego, ha presentado hoy las subvenciones del Ayuntamiento para impulsar el empleo en Vicálvaro destinadas a la contratación de personas desempleadas o demandantes de empleo del distrito.

Villacís ha manifestado que esta iniciativa, que aglutina el trabajo del Área de Economía, Innovación y Empleo; Participación Ciudadana; la Junta Municipal de Vicálvaro y las asociaciones del distrito, tiene como objetivo prioritario “mantener el empleo y tratar de crecer” tras la crisis económica derivada de la COVID-19.

La vicealcaldesa considera que esta convocatoria “está bien pensada” porque, a diferencia de otro tipo de subvenciones en esta línea, esta se diferencia en que las ayudas a las empresas no solo se destinan para nuevas contrataciones, sino también para renovaciones de contratos y para sacar a los empleados inmersos en Expedientes de Regulación de Empleo Temporal (ERTE) por la crisis sanitaria. “Tenemos que proteger la vida, pero también el empleo. Y, además, con esta convocatoria estamos tratando de que sean contratos garantistas y que apuesten por la estabilidad”, ha añadido.

Por su parte, Redondo ha indicado que el objetivo principal del Ayuntamiento de Madrid es “mantener el tejido empresarial vivo”, por lo que estas subvenciones, que en el caso de Vicálvaro ascienden a 300.000 euros, se extenderán a todos los distritos de la capital.

El delegado ha subrayado que el Ayuntamiento de Madrid trabaja con grandes proyectos para la ciudad como pueden ser el Nudo Norte o el Bosque Metropolitano pero también “trabajamos en micro para los distritos”, con acciones destinadas a que los autónomos, las microempresas, el sector de la hostelería o del comercio “resistan”.

Características de la subvención

Estas ayudas están dirigidas a autónomos, instituciones sin ánimo de lucro, entidades de economía social, microempresas y pymes (de hasta 50 personas) con el fin de facilitarles la contratación de trabajadores para realizar modificaciones contractuales con incremento de jornada o renovar contratos laborales con sus empleados. Las subvenciones contemplan también el mantenimiento del empleo de aquellos trabajadores que en la actualidad se encuentran en procesos de Regulación de Empleo Temporal (ERTE).

Las ayudas se enmarcan en los presupuestos participativos y de manera concreta en el Plan de ayuda económica para nuevas iniciativas económicas y ampliación de empleados gestionado por la Agencia para el Empleo y se concederán en régimen de concurrencia competitiva, respetando los principios de objetividad, igualdad, transparencia y publicidad.

Las empresas podrán acogerse a subvenciones de 3.000 euros si la modalidad de la contratación es a jornada completa o de 1.450 euros en caso de que la contratación sea a jornada parcial siempre que la jornada laboral sea igual o superior a las 20 horas semanales. La duración mínima de los contratos en ambos casos será de seis meses.

Requisitos para solicitar las ayudas

Serán subvencionables aquellos contratos, incrementos de jornada o renovaciones de estos realizados a partir del 21 de junio de 2020 y las personas a emplear deberán estar empadronadas en el distrito de Vicálvaro. Se podrán presentar hasta tres solicitudes por empresa o entidad.

Las empresas que se acojan a las subvenciones deberán desarrollar su actividad o tener sede en Vicálvaro, encontrarse al corriente de pago de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid, no tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por este ni por ninguno de sus organismos públicos, estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y seguridad social, hallarse al corriente de pago de obligaciones por el reintegro de subvenciones y no estar incursas en el resto de prohibiciones que se incluyen los artículos 13.2 y 3 de la Ley General de Subvenciones. Más información, en este enlace.

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