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Decretado el Estado de Alarma en todo el país con intención de que se prolongue hasta el 9 de mayo

Gacetín Madrid 25 octubre, 2020
25 octubre, 2020
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El Consejo de Ministros extraordinario y urgente convocado esta mañana de domingo, 25 de octubre, ha aprobado un nuevo Estado de Alarma en todo el país, que entra en vigor esta misma noche, con el fin de limitar la expansión descontrolada del coronavirus y que se prolongará durante los próximos 6 meses, hasta el 9 de mayo, si el Congreso lo aprueba. Además, en caso de mejoría generalizada, se podría levantar antes.

Sin embargo, este nuevo Estado de Alarma a nivel nacional dista mucho del decretado el pasado mes de marzo, ya que no confina a las personas en sus domicilios. Sin embargo, el aprobado este domingo decreta un toque de queda obligatorio para todo el país desde las 11 de la noche hasta las 6 de la mañana.

Además de dicho confinamiento nocturno, se establece la restricción de reuniones sociales y la posibilidad de impedir entrar o salir de las comunidades autónomas salvo causas justificadas, como ir al trabajo.

Los presidentes autonómicos serán la autoridad competente encargada de aplicar dicho Estado de Alarma y podrán retrasar o adelantar el inicio y el fin del toque de queda nocturno una hora máximo (su inicio entre las 22:00 y las 00:00 horas y su fin entre las 05:00 y las 07:00 horas), pero no suprimirlo. En el caso de la Comunidad de Madrid el horario será de 12 de la noche a 6 de la mañana.

En ese periodo, solo será posible la circulación por causas justificadas como la adquisición de medicamentos, cumplimiento de obligaciones laborales, cuidado de mayores o menores de edad y regreso al domicilio. El período de implantación de dicho confinamiento nocturno será obligatorio en 15 días. Posteriormente, si se prorroga el Estado de Alarma, será opcional según cada comunidad.

Las diferentes comunidades autónomas podrán también aplicar confinamientos y otro tipo de restricciones en sus territorios o en parte de ellos, tal y como ya se está llevando a cabo en algunas de ellas como en la Comunidad de Madrid, con limitaciones de aforos, horarios y de movimineto en 32 zonas básicas de salud.

El texto, redactado por Carmen Calvo, vicepresidenta primera y ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, y Salvador Illa, ministro de Sanidad, decreta el Estado de Alarma por 15 días (lo máximo permitido sin necesidad del Congreso, como lo señala el artículo 116 de la Constitución Española) y es en sí un mecanismo que faculta a las comunidades para tomar más medidas.

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ya había indicado varias veces esta semana que este era la mejor herramienta para tomar una medida en la que estaban de acuerdo la mayoría de las comunidades: un toque de queda para frenar el ritmo creciente de contagios en uno de los focos que más preocupan, la vida social nocturna.

La idea del Gobierno de España es que la prórroga sea mayor que los 15 días en los que se hacía en marzo. La intención es someter la prolongación del Estado de Alarma a votación en el Congreso tan solo una vez, extendiendo el Estado de Alarma seis meses, hasta el 9 de mayo del 2021, y no cada dos semanas como en abril y mayo, lo que presentaba numerosas dificultades parlamentarias con negociaciones intensas entre partidos cada poco tiempo.

Riesgos y alertas

Todo ello se encuadrará en el documento ‘Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19’, en el que se detallan las medidas recomendadas a adoptar en cada territorio ante el coronavirus con el que pretende unificar los criterios y que otorga a la región madrileña el nivel de riesgo ‘Extremo’ y el de alerta 4.

Con el visto bueno del Consejo Interterritorial, que lo aprobó esta semana con los votos a favor de todas las regiones menos País Vacsco y Madrid, que se abstuvieron, el Sistema Nacional de Salud contará con una serie de criterios homogéneos de cara a afrontar la crisis sanitaria del coronavirus en función de distintos indicadores.

En el documento ‘Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19’ aprobado se definen cinco niveles de riesgo con una serie de indicadores, que se pueden ver en la siguiente tabla: Nueva Normalidad (menos de 25 casos confirmados en 14 días por cada 100.000 habitantes, entre otros parámetros), Bajo (entre 25 y 50 casos confirmados en 14 días por cada 100.000 habitantes), Medio (entre 50 y 100 casos confirmados en 14 días por cada 100.000 habitantes), Alto (entre 150 y 250 casos confirmados en 14 días por cada 100.000 habitantes) y Extremo (más de 250 casos confirmados en 14 días por cada 100.000 habitantes).

En el caso de la Comunidad de Madrid, estaría en el nivel de riesgo Extremo, ya que cumple 6 de los 8 indicadores para este nivel: supera los 250 casos de COVID-19 por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días (432,26 actualmente); supera los 125 casos por cada 100.000 habitantes en los últimos 7 días (218,70 actualmente); tener una tasa superior a los 75 casos en personas mayores de 65 años en los últimos 7 días (176,30 actualmente); tener una incidencia acumulada de casos de personas con más de 65 años diagnosticados en 14 días superior a 150 (353,50 actualmente); tener una ocupación de pacientes COVID-19 en los hospitales superior al 15% (19,73% actualmente) y tener una ocupación de camas UCI po COVID-19 superior al 25% (39,25% actualmente).

En cuanto a los dos restantes: tener un porcentaje de trazabilidad por debajo del 30% no se sabe ya que Madrid no ha facilitado ese dato y tener una positividad superior al 15%, la Comunidad de Madrid está al 14%.

En función de estos niveles de riesgo para cada uno de los indicadores, se obtendrían hasta cuatro niveles de alerta:

– Nivel de alerta 1: Cuando al menos dos indicadores del bloque I y uno del bloque II están en nivel bajo y el resto de indicadores en nivel de nueva normalidad.

– Nivel de alerta 2: Cuando al menos dos indicadores del bloque I y uno del bloque II están en nivel medio y el resto de indicadores en un nivel inferior.

– Nivel de alerta 3: Cuando al menos dos indicadores del bloque I y uno del bloque II están en nivel alto y el del resto de indicadores en un nivel inferior.

– Nivel de alerta 4: Cuando al menos dos indicadores del bloque I y uno del bloque II están en nivel extremo y el resto de indicadores en un nivel inferior.

Con estos datos la Comunidad de Madrid se encontraría en nivel de alerta 4 ante el coronavirus, que implicaría entre otros: limitar al máximo los contactos sociales fuera de los grupos de convivencia; reuniones hasta un máximo de 6 personas salvo para los grupos de convivencia e insistir en que se mantengan las medidas de distanciamiento e higiene y prevención; recomendación de permanecer en el domicilio; valoración de limitación de horarios de apertura al público hasta las 22:00h en los establecimientos con servicio no esencial.

También recomendar a la población salir del domicilio sólo lo necesario, evitando los espacios cerrados en los que se desarrollan actividades incompatibles con el uso de mascarillas y concurren muchas personas; valorar limitación de entradas y salidas del área territorial evaluada excepto para actividades esenciales; acudir al trabajo de manera excepcional para actividades o reuniones precisas siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento físico e higiene y prevención.

En cuanto a la hostelería: aforo del exterior al 75%, con grupos de clientes separados y sentados, sujetos a las condiciones de reuniones (6
personas) y limitación de la hora de admisión de clientes a las 22 horas y de cierre a las 23 horas.

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