- El período voluntario de pago del IBI, el IAE, la tasa por ocupación del vuelo, suelo y subsuelo y la TRUA finaliza el 2 de diciembre.
- En las últimas semanas se está llevando a cabo una campaña publicitaria con el mensaje ‘Acuérdate de olvidarte: domicilia el IBI’.
- El Pago a la Carta permite el fraccionamiento del abono del IBI y de la Tasa de Residuos Urbanos de Actividades con periodicidad mensual, bimestral, trimestral o semestral.
El Ayuntamiento de Madrid recuerda a los contribuyentes que es posible obtener un ahorro de hasta el 5 % si se domicilia el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) mediante el Pago a la Carta, con un límite por recibo de 70 euros.
Para ello, en las últimas semanas se está llevando a cabo una campaña publicitaria con el mensaje: ‘Acuérdate de olvidarte: domicilia el IBI’.
La modalidad de Pago a la Carta (PAC) permite el abono por domiciliación mensual, bimestral, trimestral o semestral. El contribuyente puede optar bien por el Plan de Máximo Ahorro de la Administración municipal con el que alcanzará una bonificación del 5 % de la cuota, o bien por el Plan de Pago Personalizado en el que la bonificación será del 5 % de las cuantías anticipadas.
En esta modalidad, es el ciudadano el que propone a la administración municipal qué cuantía desea abonar periódicamente (siempre que se trate de una cantidad fija no inferior a seis euros al mes).
La adhesión al Pago a la Carta se puede solicitar durante todo el año, aunque la fecha y la forma de realizar la solicitud determinará el día a partir del cual surtirá efecto en los pagos y la bonificación aplicable.
En concreto, para que sea efectivo a partir de enero de 2020 y poder obtener la bonificación más beneficiosa, las solicitudes deberán presentarse hasta el 10 de diciembre de este año a través de la opción de Alta por Internet (salvo Registro Electrónico) o presencialmente en las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente o de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid, en estas últimas con cita previa.
Aquellos locales que tengan obligación de abonar la tasa por prestación del servicio de gestión de residuos urbanos de actividades (TRUA) también podrán acogerse a esta bonificación por adherirse al Pago a la Carta con un límite por recibo de 15 euros.
Además, el Ayuntamiento de Madrid ofrece la posibilidad de domiciliar el pago de los impuestos (www.madrid.es/domiciliaciones ) y de solicitar aplazamientos y fraccionamientos de liquidaciones y recibos en periodo voluntario de pago (www.madrid.es/fraccionamientos) por Internet.
Una alternativa cómoda y rápida al desplazamiento a las oficinas del Ayuntamiento, que facilita a la ciudadanía el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
El 2 de diciembre, fecha límite para el pago de varios tributos
Por otra parte, el Ayuntamiento de Madrid recuerda que, desde el día 1 de octubre y hasta el próximo 2 de diciembre, se está desarrollando el cobro en período voluntario del impuesto sobre bienes inmuebles, del impuesto sobre actividades económicas, la tasa por ocupación del suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales y la tasa por prestación del servicio de gestión de residuos urbanos de actividades.