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El uso irregular de los abonos gratuitos de Media Distancia de Renfe se reduce del 20% al 2,5%

Gacetín Madrid
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El uso irregular de los abonos gratuitos de Media Distancia de Renfe ha descendido considerablemente, pasando del 20% registrado el pasado año al 2,5% en el presente ejercicio. El uso irregular de los abonos se produjo el año pasado, principalmente, al formalizar algunos usuarios con abono de Media Distancia, viajes que posteriormente no realizaban.

El importante descenso que se ha registrado este año se ha debido a las medidas aprobadas por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA), que entraron en vigor el pasado 7 de diciembre, por las que se modificó la operativa de venta y utilización de los títulos multiviaje gratuitos de Media Distancia convencional de Renfe, que restringe la formalización de viajes, la adquisición de abonos y sancionan los usos irregulares reiterados, entre otras actuaciones.

En el caso de los servicios ferroviarios de Media Distancia convencional, los usuarios deben adquirir un abono distinto por cada trayecto origen/destino, que será válido para viajes ilimitados entre el origen y destino solicitado por el cliente, en ambos sentidos.

Incautación de fianza y anulación del abono

Según la resolución del MITMA publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), Renfe incautará la fianza de 20 euros y anulará el abono gratuito a los usuarios que, al menos en tres ocasiones, no hayan cancelado con un mínimo de dos horas de antelación la reserva de la plaza si finalmente no va a viajar en el tren.

El operador ferroviario retirará el abono de la línea en la que se haya detectado un uso irregular, y no expedirá un nuevo abono asociado a ese titular para ningún origen-destino de media distancia en un plazo de 30 días desde la anulación.

Antes de llegar a retirar el abono y la fianza, Renfe envía dos avisos al titular cuando detecte que finalmente no ha viajado sin anular la reserva con la antelación requerida. La tercera vez que se incurra en uso indebido, se procede a sancionar.

En paralelo, se limita a cuatro viajes diarios de ida o vuelta el número máximo de trayectos que se permite formalizar por abono y se imposibilitará formalizar dos viajes en el mismo sentido hasta que transcurra el triple del tiempo de viaje programado.

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