España ha superado en tan solo un mes las 50.000 protecciones temporales a desplazados por la guerra en Ucrania. Desde la activación el pasado 10 de marzo del procedimiento de urgencia para responder a estas solicitudes y hasta las 20.00 horas del 10 de abril, la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) del Ministerio del Interior y la Policía Nacional han tramitado y concedido un total de 51.957 documentos de protección, de los cuales 29.263 (57,6%) han sido tramitados y resueltos en comisarías.
Todas las protecciones conllevan el permiso de residencia y, para los mayores de edad, de trabajo. Además, en virtud de lo establecido por la Dirección General de Tráfico, los desplazados que obtienen la protección temporal pueden utilizar legamente sus permisos de conducir en España al menos durante un año.
Madrid (10.133), Comunidad Valenciana (9.229), Cataluña (9.023) y Andalucía (7.421) son las comunidades autónomas que reciben más solicitudes. Los desplazados que llegan a España pueden solicitar la protección temporal en los centros de recepción y acogida habilitados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en Pozuelo de Alarcón (Madrid), en la Ciudad de la Luz de Alicante, en la Fira de Barcelona y en el Palacio de Ferias y Congresos de Málaga, así como en las 70 comisarías de Policía Nacional habilitadas para estos trámites por toda España.
El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, y el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, firmaron el pasado 9 de marzo la orden por la que se desarrolla el procedimiento de urgencia para el reconocimiento de la protección temporal. Ese procedimiento da respuesta al acuerdo alcanzado el 4 de marzo por el Consejo de Ministros del Interior de la Unión Europea para activar, por primera vez en la historia, la Directiva Europea de Protección Temporal.
En virtud de esta norma, los solicitantes pueden acudir a los puntos habilitados donde funcionarios de la Policía Nacional toman sus datos identificativos y otros elementos, un trámite para el que se cuenta con intérpretes de idiomas, y en el que se les expide un resguardo acreditativo de su solicitud de protección, en el que consta además un NIE asignado.