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La Fiscalía Provincial de Madrid ha impugnado el recurso de reforma interpuesto por la representación legal de un familiar de la actriz Cristina Ortiz Rodríguez, ‘La Veneno’, contra el auto que denegaba la reapertura de las actuaciones para investigar las causas de su muerte.
Dicha resolución denegó tal posibilidad porque en el último informe aportado por un perito de parte no se desprendía ningún indicio nuevo acerca de la presunta muerte violenta de la actriz que no hubiera sido valorado antes. La Fiscalía, por su parte, alega para oponerse a la reapertura del procedimiento que tanto el informe de la autopsia como la investigación policial “ya descartaron la existencia de un presunto delito de homicidio”.
El informe de parte señalaba en el punto sexto de conclusiones que la muerte de Cristina Ortiz Rodríguez era “de origen violento y lesivo-homicida”. La Fiscalía, sin embargo, se remite al informe de la autopsia donde se recoge que la muerte “aconteció por un fracaso visceral multiórganico con septicemia y hemorragia menigo-encefálica” y que, además no existía en su cuerpo ninguna lesión de lucha o defensa que pudieran hacer pensar en una etiología violenta.
La Fiscalía subraya que la petición de reapertura se basa en un informe pericial aportado por la acusación particular que se basa en el análisis de unas fotos “tomadas sin consentimiento en el hospital” y donde se señala que el cadáver tenía unas lesiones “que no son expuestas por el médico forense en su informe de autopsia” y que acreditarían la existencia de una muerte violenta que debería investigarse. Es más, apuntaba a que existían sospechas acerca de que el autor de dichas lesiones podría haber sido la pareja sentimental de la actriz.
La Audiencia Provincial de Madrid ya se pronunció en su día sobre estas imágenes que no aparecen unidas al procedimiento y dijo que “aparte de ser fotos obtenidas de forma irregular y sin la autorización de los responsables del hospital”, lo cierto es que la hipótesis de la muerte violenta se basaba “esencialmente” en una reinterpretación de datos ya existentes sobre un suceso acaecido hace más de cuatro años.
De hecho, consta una denuncia de una auxiliar de enfermería “señalando que los familiares de Cristina Ortiz Rodríguez estuvieron sacando varias fotos a los aparatos médicos y a la paciente teniendo que llamar a Seguridad y Policía Nacional para ser expulsadas contraviniendo las normas del Hospital donde está prohibido sacar fotos y grabar videos”.
También rebate la Fiscalía la teoría del perito de parte de que no se investigó suficientemente el crimen porque existían diversas contradicciones en el testimonio de la pareja de la actriz. De hecho aduce que en el informe aparecen “meras conjeturas” que carecen de “soporte probatorio” y que, por lo tanto no pueden conllevar ni a la reapertura del procedimiento ni a la catalogación como muerte violenta del fallecimiento de Cristina Ortiz Rodríguez.
Por último, a la Fiscalía le llama “poderosamente” la atención el oficio policial recibido, “sin petición alguna del Juzgado,” en el que una funcionaria del Cuerpo Nacional de Policía, “a título personal y cuatro años después de producirse lo hechos”, quería poner en conocimiento del juzgado diversos extremos, “oficio en que se basa el recurrente para señalar que debe reabrirse las presentes actuaciones”.