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El TSJM rechaza las medidas «cautelarísimas» solicitadas por Vox contra el cierre de Madrid

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La Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha decidido no adoptar la petición de medidas cautelares urgentes o «cautelarísimas» solicitadas por el grupo parlamentario Vox en la Asamblea de Madrid.

Las solicitaron contra la Orden 1273/2020, de 1 de octubre, de la Comunidad de Madrid por la que se aprueba la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante situaciones de especial riesgo por transmisión no controlada de infecciones causadas por el SARS-COV-2, al entender que en el presente procedimiento no se da la situación constitutiva de vía de hecho, tal y como exige el artículo 136.1 de la LRJCA (a Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa), que alegaba la formación política para solicitar la suspensión la eficacia de la Orden.

Los magistrados rechazan la vía de hecho que plantean los recurrentes, quienes argumentan que la Orden se ha dictado sin solicitar previamente la ratificación judicial, manifestando que «la circunstancia de que no se hubiera solicitado dicha ratificación, en el momento en que los recurrentes interpusieron el presente recurso, no puede implicar en modo alguno la existencia de una vía de hecho».

Vox había presentado este sábado recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) contra la orden del Ministerio de Sanidad, solicitando «cautelarísimas» al considerar que se basa en «una decisión política y no científica».

«Ni el acuerdo del Consejo Interritorial del Sistema Nacional de Salud ni, en consecuencia la Orden del Ministro refieren en sus textos ningún estudio científico preciso que justifique la adopción de las medidas. Presentan la apariencia de ser más políticas que científicas», se exponía en el recurso presentado por Vox.

El recurso había sido presentado por Rocío Monasterio, portavoz de Vox en la Asamblea de Madrid, el diputado nacional José María Sánchez y el diputado de la Asamblea de Madrid, Pablo Gutiérrez de Cabiedes.

Monasterio criticó que el Gobierno de la Comunidad de Madrid «ha renunciado en el último momento a estas medidas cautelarísimas que podrían frenar la entrada en vigor de estas medidas en las próximas 48 horas» y lamentaba que la situación de Madrid es esta por «la inoperancia de algunos políticos y la ineficacia del sistema autonómico».

Recurso de la Comunidad de Madrid

La Audiencia Nacional ha admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado por la Comunidad de Madrid contra la orden del Ministerio de Sanidad que obliga a confinar Madrid y otros 9 municipios de la Comunidad y que entró en vigor en la medianoche del viernes.

A partir de ahora desde la Audiencia Nacional se concede 10 días hábiles a la Abogacía del Estado para que se pronuncie sobre las medidas cautelares, resolviendo a continuación en un plazo de 5 días más. La Comunidad ha preferido solicitar «cautelares» y no «cautelarísimas», siendo resueltas estas últimas en un plazo máximo de 48 horas.

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