- El Tribunal de lo Contencioso-Administrativo número 9 de Madrid estima de manera parcial un recurso interpuesto por la entidad ante la inacción del Consistorio.
- El fallo supone una pequeña victoria ciudadana en la lucha contra la proliferación descontrolada de los pisos turísticos en el distrito Centro.
- La resolución, contra la que cabe recurso, insta al Ayuntamiento a resolver en un plazo de seis meses el procedimiento contra el edificio de la calle Costanilla de los Desamparados, 4.
- La asociación vecinal espera que en las próximas semanas los tribunales resuelvan otros seis recursos relativos a otros seis inmuebles del Distrito Centro.
“Estimo parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación Vecinal de Sol y Barrio de las Letras, frente a las resoluciones impugnadas, por no ser conformes a derecho, debiendo el Ayuntamiento de Madrid instruir y resolver los procedimientos de restauración de la legalidad urbanística y sancionador”.
De esta manera resuelve el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo número 9 de Madrid un recurso presentado por la entidad vecinal ante la inacción del Consistorio en materia de control de la actividad alegal de las Viviendas de Uso Turístico (VUT) ubicadas en la calle Costanilla de los Desamparados 4, lo que supone una pequeña victoria ciudadana en la lucha contra la turistificación y gentrificación del Centro de la capital.
En el mismo fallo, el tribunal obliga al Ayuntamiento de Madrid a concluir en el plazo de seis meses sus trabajos de control y disciplina urbanística. Además, deberá pagar las costas judiciales.
La sentencia no es firme, y puede ser recurrida en 15 días. Si la Administración opta finalmente por presentar un recurso de apelación “nos dará un testigo muy claro de la relación entre las palabras y los actos del Ayuntamiento en materia de VUT y reclamaciones vecinales”, sostiene Víctor Rey, presidente de la asociación vecinal demandante, que califica la sentencia como una “gota malaya gorda, una más en la lluvia fina de las acciones del movimiento vecinal en su afán de limpiar de VUT ilegales el tejido residencial de los barrios del Distrito Centro”.
Acciones que sin duda están dando sus frutos: “espoleado por las actuaciones vecinales en vía administrativa y judicial, en medios y en la calle, el Ayuntamiento se ha tomado por fin en serio el refuerzo de sus efectivos de inspección urbanística destinados exclusivamente a los servicios de hospedaje en inmuebles que legalmente sólo pueden ser residenciales».
«A día de hoy, inspecciones, expedientes disciplinarios abiertos de oficio y órdenes de cierre y clausura de VUT se cuentan en las dependencias municipales no por decenas sino por centenas: eso sí, pocas centenas y aún sin ningún precinto efectivo, y, sobre todo, sin ningún tipo de expediente sancionador abierto”, asegura el representante vecinal.
La AV de Sol y Barrio de las Letras subraya que la sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo es la “primera que entra, al menos tangencialmente, al fondo urbanístico del problema, marcando con claridad meridiana las obligaciones disciplinarias del Ayuntamiento en materia de VUT, obligaciones disciplinarias aún no cumplidas en su totalidad, ni cualitativa, ni cuantitativamente”.
Estos deberes «son muy sencillos, y pasan por comprobar en plazo si una denuncia vecinal de una VUT ilegal ha sido cursada o ha caído en el olvido para, en el segundo caso, abrir de manera inmediata un expediente restaurador de la legalidad urbanística, que se debe iniciar con el cierre cautelar” de la vivienda y finalizar en el plazo de seis meses.
El fallo judicial, fechado el 30 de octubre de 2018, tiene su origen en “siete solicitudes de incoación de expedientes de disciplina urbanística con medida cautelar de suspensión de los actos de cambio de uso residencial a terciario de hospedaje en su categoría de VUT sin la preceptiva licencia municipal” que fueron presentadas por la asociación vecinal el 27 de julio de 2017.
Las demandas hacían referencia a la actividad de pisos turísticos ubicados en las calles Carretas 25, Costanilla de los Desamparados 4, Núñez de Arce 7, Núñez de Arce 9, Santa María 36, Ventura de la Vega 10, y Ventura de la Vega 13.
Cinco meses más tarde, ante la ausencia de cualquier tipo de notificación por parte del Ayuntamiento, la entidad acudió a los tribunales de lo Contencioso-Administrativo “en solicitud de una respuesta judicial a la inactividad del Ayuntamiento en su obligación de tramitar nuestras siete denuncias”.
Ahora, tras diez meses de pleito “en los que los abogados del Ayuntamiento y los nuestros se enfangaron hasta las cejas en un procedimiento confuso, contradictorio y complejo, y donde los primeros trataron por todos los medios de evitar una sentencia condenatoria para el Ayuntamiento basada en su inactividad en vigilar y disciplinar a las VUT del Distrito Centro, y los segundos trataron por todos los medios en obtener una sentencia que nos hiciese avanzar algo en nuestra reclamación activa de limpieza de las más de 8.000 VUT ilegales del Distrito Centro”, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 9 de Madrid emite una sentencia que, aunque solo da la razón de manera parcial a la asociación vecinal, supone un paso muy importante, pues puede servir de base para resolver casos similares. El fallo judicial, disponible para los medios que así lo requieran, se centra en el procedimiento de uno de los edificios denunciados, el de la calle Costanilla de los Desamparados nº 4 (Procedimiento Ordinario 10/2018 C). El colectivo barrial espera que en las próximas semanas los tribunales resuelvan los recursos relativos a los seis inmuebles restantes.
A pesar de la nueva resolución judicial, la asociación recurrente, que lleva cuatro años denunciando la proliferación descontrolada de los pisos turísticos y los problemas de convivencia y seguridad que generan en la vecindad, tiene claro que “hay que seguir apretando por todas las vías: la administrativa, la judicial, la didáctica y la reivindicativa, en la calle o dónde haga falta”.
“Que el camino administrativo-judicial sea claro no quiere decir en absoluto que el Ayuntamiento tenga ni los medios ni la prioridad política para controlar las VUT con la intensidad y la urgencia que el problema requiere”, concluye.