- La justicia resuelve un recurso de la Hermandad de Antiguos Caballeros Legionarios.
- El fallo considera que hay datos suficientemente documentados en el procedimiento que involucran a Millán Astray, Yagüe y García Escámez en la Guerra Civil.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 14 de Madrid ha dictado una sentencia en la que avala la decisión del Ayuntamiento de retirar el nombre de tres calles, dedicadas a otros tantos generales, al amparo del artículo 15 de la Ley de Memoria Histórica.
El juez resuelve así el recurso interpuesto por la Hermandad Nacional de Antiguos Caballeros Legionarios, que se oponía a la retirada de los rótulos con los nombres de los generales José Millán Astray, Juan Yagüe y Francisco García Escámez.
La resolución judicial, tras analizar el proceso administrativo, señala que los acuerdos adoptados por el Ayuntamiento de Madrid en relación a la nomenclatura de estas calles no adolecen de ningún vicio que los invalide. Y más tarde recalca: “Existen datos suficientemente documentados en el procedimiento que involucran a los generales rotulados en la calles con la contienda y en la sustentación del régimen político surgido de la Guerra Civil».
Y así, dice, «ha sido constatado por el Comisionado de la Memoria Histórica del Ayuntamiento de Madrid”, un órgano de asesoramiento del que considera que posee “compatibilidad o capacidad para determinar lo procedente en el expediente administrativo sobre el cambio de nombre de las calles dedicadas a los generales Millán Astray, García Escámez y Yagüe”.
Por último, el magistrado concluye reconociendo la pericia del Comisionado de la Memoria Histórica, al decir que a tenor del informe de este órgano y de su “propuesta documentada” sobre los cambios de denominación de calles “no existen dudas de la participación en la sublevación militar, en la exaltación del franquismo y la represión de la dictadura” por parte de los tres militares.