Tras la publicación, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el pasado 15 de diciembre de 2016, de la Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid, la misma ha entrado en vigor con fecha 15 de junio de 2017 al cumplirse el plazo establecido, estando actualmente pendiente la tramitación del reglamento para su desarrollo.
Esta Ley reconoce como profesiones del deporte las correspondientes a: Monitor Deportivo, Entrenador Deportivo, Preparador Físico, Director Deportivo y Profesor de Educación Física. La propia Ley prevé que quienes pretendan ejercer alguna de las profesiones que se regulan en la misma deberán acreditar su cualificación profesional, ante la Dirección General de Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid, en los términos que se establezcan en el reglamento de desarrollo.
Por consiguiente, y solo después de que el citado reglamento de desarrollo haya sido publicado, los interesados deberán acreditar la posesión de los requisitos habilitantes para el desempeño de esas profesiones, en la forma y procedimientos que se determinen en el mismo. Puede completarse información más detallada sobre otros aspectos de la misma en la página web de SUMADEPORTE