La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid acogerá el viernes, 28 de noviembre, el juicio contra D. A. N. D., un hombre de origen cubano en situación irregular en España, a quien la Fiscalía acusa de cometer un delito de lesiones agravado por discriminación por orientación sexual. El Ministerio Público solicita una pena total de seis años de prisión por la agresión perpetrada contra una pareja en el Metro.
Los hechos tuvieron lugar sobre las 22:25 horas del día 1 de mayo de 2024 en el andén de la estación de Metro de Lavapiés. El escrito de conclusiones provisionales de la Fiscalía sostiene que el procesado, movido por un «absoluto desprecio y por sus prejuicios hacia la orientación sexual» de la pareja formada por S. L. G. y D. E. G., reaccionó violentamente al percatarse de que estos se encontraban en una actitud cariñosa.
El desarrollo de la agresión y las consecuencias
El procesado se dirigió inicialmente a las víctimas para empujar por la espalda a D. E. G. Tras el reproche por lo sucedido, el acusado propinó un fuerte puñetazo a S. L. G., lo que le hizo caer a las vías del metro. Mientras la víctima trataba de salir, el agresor se dirigió a D. E. G., propinándole un fuerte puñetazo en la boca que lo hizo caer al suelo, donde recibió diversos golpes y patadas en el rostro y el cuerpo.
El personal de seguridad de la estación consiguió finalmente detener al acusado, quien ha permanecido en prisión provisional desde el 12 de diciembre de 2024. A consecuencia del ataque, S. L. G. sufrió heridas que requirieron sutura y tardaron 10 días en curar, quedando como secuela un perjuicio estético valorado en dos puntos (una cicatriz de 5 centímetros en la región supraciliar izquierda).
El perjudicado también ha sufrido un deterioro en su bienestar psicológico y rendimiento laboral a causa del miedo y la inseguridad. Por su parte, D. E. G. sufrió una herida inciso contusa de 4 centímetros en el labio inferior, traumatismo craneoencefálico y otros hematomas, tardando también 10 días en sanar y estando impedido para sus ocupaciones habituales durante 7 días.
Calificación y petición de penas
La Fiscalía califica los hechos como dos delitos de lesiones (artículo 147.1 del Código Penal) y aplica la circunstancia agravante de discriminación por motivos de orientación sexual (artículo 22.4a CP). Por cada uno de los delitos, la acusación solicita la pena de 3 años de prisión, sumando un total de seis años de privación de libertad.
Además de la condena, se pide para el procesado una prohibición de acercamiento y comunicación con ambas víctimas por un periodo de cinco años para cada delito. En cuanto a la responsabilidad civil, la Fiscalía solicita que el procesado indemnice a S. L. G. con un total de 2.600 euros (por lesiones, secuelas y daños morales) y a D. E. G. con 2.050 euros (por lesiones y daños morales).
Finalmente, dado que el acusado se encuentra en situación irregular y cuenta con un expediente de expulsión incoado el 24 de febrero de 2024, el Ministerio Público interesa que, una vez cumplidas las dos terceras partes de la condena, el cumplimiento del resto de la pena sea sustituido por su expulsión del territorio español y la prohibición de entrada por seis años, conforme a lo dispuesto en el artículo 89.1 del Código Penal.

