El cantante, compositor, productor discográfico y antiguo miembro de la reconocida banda ‘Mecano’, Nacho Cano, fue detenido la semana pasada tras recibir la Policía Nacional varias denuncias en las que se le señalaba como presunto responsable de un delito contra los derechos de la población inmigrante y otro delito contra los derechos de los trabajadores.
El atestado de la Policía indicaba que los 17 chicos y chicas mejicanos que llegaron hace 6 meses a Madrid para ser “becarios en prácticas” del musical ‘Malinche’ tenían el permiso de estudios denegado desde mayo, ensayaban 60 horas semanales y, además, algunos servían copas en el bar del espectáculo para ganar un dinero extra, según una información adelantada por el periódico de El País. Percibían unos 500 euros al mes (al margen del trabajo en el bar).
Este viernes, y tal y como se anunció hace una semana, tras haber sido estudiado por su servicio jurídico, CCOO ha solicitado al juzgado de instrucción nº 19 de Madrid su personación como acusación en las diligencias penales que se siguen por la presunta comisión de varios delitos contra los derechos de los trabajadores.
Tras hacerse pública la investigación policial llevada a cabo contra Nacho Cano y su posterior detención, será el juzgado de instrucción nº 19 de Madrid el que investigue si cometió un delito al traer a España a 17 jóvenes mexicanos para trabajar en ‘Malinche’, el musical que el ex de Mecano tiene en Madrid desde finales de 2022.
Como en otras ocasiones, la personación de CCOO se ampara tanto en base a lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal como en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto (RCL 1985, 1980), de Libertad Sindical, «toda vez que entre los fines del sindicato está el de velar por los derechos de los trabajadores, controlando y velando para que el trabajo se realice en condiciones legales, dignas y seguras»00.