La Fiscalía Provincial de Madrid solicita cinco años de prisión para J. A. Y. I.., un hombre que realizó una serie de obras en una parcela clasificada como suelo no urbanizable donde construyó una vivienda que ahora pide que sea demolida. El representante del Ministerio Público le imputa un delito contra la ordenación del territorio.
El escrito de acusación señala que entre mayo de 2009 y hasta al menos octubre de 2012, J. A. Y. I. realizó una serie de obras en una parcela situada en el término municipal de Colmenarejo clasificada como suelo no urbanizable especialmente protegidos. En concreto, construyó una vivienda, una caseta de madera, un muro, una edificación, “aparentemente destinada a un uso como cuadras”, un pozo y un vallado por todo el perímetro de la parcela.
La Fiscalía recuerda que el acusado realizó todas esas obras sin haber obtenido para ello ningún tipo de autorización administrativa (ni licencia municipal ni calificación urbanística de la Comunidad de Madrid, ambas preceptivas). Del mismo modo cree que tampoco resultaba tampoco susceptible de obtenerlas por cuanto contravenían las normas municipales, según la cual en estas zonas se prohíbe cualquier edificación e instalación, y sólo con carácter excepcional permite que se autoricen las edificaciones de utilidad pública o interés social que deban ubicarse necesariamente en este tipo de terrenos y no sea posible instalarlas en suelo no urbanizable común, siempre que no afecten negativamente a las masas forestales, o instalaciones al servicio de explotaciones forestales efectivas, circunstancias excepcionales que no concurren en las construcciones que más arriba se han descrito.
El terreno sobre el que el acusado realizó tales construcciones se encuentra además en Zona de Máxima Protección del Parque Regional del Curso Medio del Río Guadarrama y su entorno, y constituye Lugar de Importancia Comunitaria “LIC de la Cuenca del Río Guadarrama”.
No ha sido posible determinar con certeza la identidad de la persona propietaria de dicho inmueble. No consta su inscripción en el Registro de la Propiedad, y en el Catastro consta a nombre de E. C. M., con un derecho de propiedad del 100%, mientras que en diversos expedientes administrativos aportados a la causa aparecen datos que indican su titularidad por parte del propio acusado, ya sea directamente o a través de la sociedad “Dulcerio 2005, S.L.” (de la que el acusado ha sido socio único y administrador único, y de la que en la actualidad es apoderado) o de la sociedad “Alexande, S.L.” (vinculada al acusado).
En concepto de responsabilidad civil, la Fiscalía exige que el acusado proceda a la demolición, a su cargo, de todas las edificaciones, construcciones y vallado indebidamente realizadas sobre la parcela “restaurando la situación del terreno a su estado anterior”.
NOTA: LA FISCALÍA TIENE SEÑALADO EL JUICIO PARA EL DÍA 30, A LAS 10:00 HORAS, EN LA SECCIÓN QUINTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID