El pasado 26 de diciembre se celebró una reunión en la Comisión de Terrazas del Ayuntamiento de Madrid en la que se recordó que, por aplicación de la Ordenanza de Terrazas aprobada en enero 2022, las terrazas ubicadas COVID en banda de estacionamientos debían cesar su funcionamiento el 31 de diciembre de 2023.
Sin embargo, se fijó un plazo de desmontaje de las estructuras hasta el 31 de enero de 2024 (en el que ya no puede desarrollarse actividad de servicio de hostelería) sin que por ello se devengase la tasa correspondiente. Además, se establecía que si a lo largo de este periodo alguna terraza continuara con su actividad, además de las sanciones que pudiera conllevar, le sería exigible la tasa correspondiente hasta el cese definitivo de la actividad.
Por lo que se refiere a la recogida de los materiales de la terraza, es responsabilidad de la empresa contratada para su retirada la que garantice que el material se lleva al sitio adecuado, al Punto Limpio o a cualquier otro punto de reciclado. De retirarse por el propio establecimiento con recursos propios, desde Hostelería Madrid aconsejan que «con carácter previo se comunique con el punto limpio o gestor autorizado para asegurarse la recepción y el correcto tratamiento de los residuos».