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Desconvocados los 5 días de huelga en la hostelería madrileña para Navidad, Nochevieja y Reyes

Gacetín Madrid
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Los sindicatos UGT y CCOO han anunciado este viernes la desconvocatoria de los cinco días de huelga en el sector de la Hostelería de la Comunidad de Madrid coincidiendo con Navidad, Nochevieja y Reyes, concretamente los próximos 25 y 31 de diciembre y 1, 5 y 6 de enero.

Tras mantener cuatro reuniones en el Instituto Regional de Mediación y Arbitraje (IRMA) en torno a la negociación del Convenio Colectivo de Hostelería y Actividades Turísticas de la Comunidad de Madrid, los sindicatos denunciaron que «la actitud de las patronales del sector demuestra que no les importan las necesidades de las personas trabajadoras que son, las que a fin de cuentas, sacan adelante sus negocios con su esfuerzo».

La propuesta era: incremento salarial del 15% en tres años: un 7% para 2023, 4% para 2024 y 4% para 2025. Regulación del contrato fijo discontinuo a tiempo parcial; mejora en los criterios de ascensos; y la adaptación normativa laboral actual en el convenio.

Finalmente, y tras la convocatoria de la huelga, las patronales Hostelería Madrid, AMER y Noche Madrid «comprendieran la gravedad de la situación, sentándose a negociar y así posibilitar la consecución de un acuerdo que mejora las condiciones de trabajo, algo irrenunciable para CCOO», exponen desde este sindicato.

Puntos del acuerdo más relevantes:

  • Incremento salarial del 15% en 3 años: 2023: 6% en tablas desde el 1 de enero. Atrasos desde el 1 de julio de 2023. 2024: 5% 2025: 4%.
  • Fijación de horarios: Conocimiento del personal de horarios y libranzas con una ANTELACIÓN MÍNIMA DE 7 DÍAS. Punto novedoso propuesto por CCOO que facilitará la conciliación de la vida laboral y personal.
  • Contrato Fijo discontinuo (el punto más polémico de la negociación): Preaviso con 7 días de antelación o 3 para servicios extraordinarios. Criterios y forma de llamamiento definidos. Para FFDD a tiempo parcial: JORNADA MÍNIMA diaria 4 horas. Servicios Extras y campaña de navidad: GARANTÍA MÍNIMA DE JORNADA ANUAL del 60% sobre año anterior. Posibilidad de rechazo de 3 llamamientos sin pérdida de contrato. Resto de servicios: GARANTÍA MÍNIMA DE JORNADA ANUAL del 60% sobre año anterior, que no podrá ser inferior a 60 jornadas al año.
  • Jornada: En centros de trabajo de 50 personas o más la jornada semanal no podrá ser superior a 44 horas.
  • Horas Extra: Compensación en metálico con un recargo del 100% sobre la hora ordinaria, salvo pacto de compensación en tiempo libre a razón de 1,5 horas por cada hora extraordinaria.
  • Ascensos: Reducción de 10 años a 4 para la promoción salarial de los ayudantes y auxiliares.
  • Incapacidad permanente y Fallecimiento: Reducción de 10 años a 4 de antigüedad en la empresa para seguro de 18.000 euros por estas contingencias, antes establecido en 14.000 euros.
  • Plus compensatorio de formación: Formación obligatoria que, en caso de no ser impartida, penalizará a las empresas que no realicen Planes de Formación mediante pago de 20 euros mensuales a las personas afectadas.
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