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Madrid prepara su primer Reglamento de VTC: viajes compartidos, tope del 75% al incremento de precios en alta demanda y pruebas de conocimientos a los conductores

Gacetín Madrid 13 diciembre, 2023
13 diciembre, 2023
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El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha conocido hoy la solicitud del dictamen de la Comisión Jurídico Asesora sobre el primer Reglamento regional para regular el arrendamiento de vehículos de transporte con conductor (VTC). Este sector cuenta con alrededor de 9.000 autorizaciones en el territorio autonómico. El texto que se ultima para su aprobación, y cuya entrada en vigor está prevista para principios del próximo 2024, ofrece seguridad jurídica a usuarios, empresas y profesionales.

Este documento aborda aspectos como los derechos de los clientes, el objeto y ámbito de aplicación de la norma, los requerimientos a las empresas para obtener y mantener las autorizaciones o los requisitos que deben cumplir los conductores y las condiciones de prestación de los servicios, entre otros.

En el caso de los ciudadanos, incorpora cuestiones como la activación de una línea telefónica de atención, sufragada por las operadoras, que debe estar adaptada mediante texto para personas con discapacidad auditiva, así como un medio accesible de comunicación vía web. También, desde el 1 de enero de 2025, de cada diez vehículos a disposición del público, uno deberá ser accesible para que puedan entrar, viajar y salir de él las personas en silla de ruedas.

Se contempla también una nueva modalidad de viajes compartidos que podrá suscribir cada usuario por plaza y con pago individual, en función del recorrido realizado. Esta alternativa de transporte permite al primer pasajero contratar un trayecto, al que podrán sumarse otros para el mismo itinerario o una parte, ya que pueden hacerse paradas intermedias de subida y bajada de clientes, conociendo todos ellos su precio previamente.

En lo referente a las empresas, el Reglamento de VTC establece que para obtener y mantener las autorizaciones deben contar, al menos, con un número de conductores igual al 75% de autorizaciones en alta. Asimismo, podrán disponer de los coches en régimen de propiedad o mediante alquiler bajo las figuras de renting o leasing.

El Gobierno regional también contempla en el articulado que las compañías deben tener cubierta su responsabilidad civil por los daños que puedan causar a los viajeros durante el servicio de transporte y, además, estarán obligadas a impartir a sus trabajadores una formación continua. Además, en circunstancias de alta demanda, como eventos de ocio o conciertos, se establece que el precio no podrá superar el 75% de la media del coste ordinario.

Pruebas de conocimientos de los conductores 

Por su parte, los conductores de VTC deberán acreditar la posesión de un permiso de conducir de la clase B con, al menos, dos años de antigüedad; estar libre de condenas por delitos contra la libertad sexual, y haber superado una prueba para valorar conocimientos sobre el manejo de dispositivos digitales con mapa de navegación, el uso del castellano, primeros auxilios y lugares más importantes de la región, entre sus principales requisitos.

Estos profesionales tendrán un plazo de 18 meses para realizar estos exámenes, a contar desde la entrada en vigor de la disposición que los regule, y podrán seguir conduciendo hasta la finalización de este periodo. Asimismo, quedarán exentos de completar este requisito quienes a la entrada en vigor del Reglamento llevarán ejerciendo su labor profesional durante al menos un año de forma ininterrumpida o dos en el período de los cuatro años anteriores a la entrada en vigor del nuevo Decreto.

Antigüedad de vehículos y prohibición de captar por las calles 

Además, los automóviles receptores de las autorizaciones no podrán tener una antigüedad superior a la exigida por la legislación estatal; deberán ser retirados de la actividad cuando hayan cumplido los 10 años, a contar desde la primera matriculación, y tendrán que estar clasificados con el distintivo ambiental Cero Emisiones o ECO. No obstante, los que tengan permiso cuando la norma entre en vigor y dispongan de etiqueta C podrán seguir prestando servicio con ese coche hasta diciembre de 2027, salvo que se sustituya antes, en cuyo caso, deberá cumplir con la clasificación Cero Emisiones o ECO.

En el caso de los coches adaptados, se destinarán de forma prioritaria para los desplazamientos de personas con movilidad reducida, aunque no en exclusividad, y tendrán que cumplir la normativa en materia de accesibilidad.

Los VTC también deberán llevar siempre sus distintivos identificativos y no podrán ser decorados con publicidad que induzca a confusión con los vehículos taxi.  Además, se acota su actividad a trayectos contratados de manera previa por los usuarios, prohibiéndoles la captación activa de clientes por las calles. Por ello, no podrán estacionar en lugares como aeropuertos, estaciones de ferrocarril o autobús o cualquier otro emplazamiento donde haya una afluencia masiva de personas, sin estar previamente contratados.

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