El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy la orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública por la que se reducen los Índices de Rendimiento Neto aplicables en 2022 en el sistema de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el denominado sistema de módulos, para agricultores y ganaderos.
Esta orden recoge la propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) de minoración de dichos índices y tiene en cuenta la incidencia de la sequía y otras circunstancias excepcionales que afectaron a la rentabilidad de muchas explotaciones agrícolas y ganaderas durante 2022, como la guerra en Ucrania, que causó un encarecimiento de los costes de producción.
La orden establece una reducción general del rendimiento neto del 25% que podrán aplicarse en los torno a 800.000 agricultores y ganaderos que tributan por el sistema de módulos. Determinados sectores en situación más vulnerable se benefician además de reducciones específicas, que son del 50% en el caso del olivar, el almendro y la apicultura, y del 30 % para cereales, oleaginosas y leguminosas, castaño, melocotón, nectarina, albaricoque y los demás sectores ganaderos. Se estima que el conjunto de las reducciones contempladas en la orden publicada hoy supone una rebaja de la base imponible del orden de 1.807 millones de euros, y es la de mayor alcance de la última década.
La orden permite también que los declarantes en Estimación Objetiva agraria del IRPF puedan minorar el rendimiento neto previo un 35 % por adquisición de gasóleo agrícola, y un 15 % por compra de fertilizantes, según lo establecido en la Orden HFP/1172/2022, de 29 de noviembre, que desarrolla el método de estimación objetiva del IRPF para 2023.
Además, se mantienen las reducciones de los índices correctores que se establecieron el año pasado por piensos adquiridos a terceros y por cultivos en tierras de regadío que utilicen energía eléctrica. Concretamente se establece en un 0,5 el índice aplicable a las actividades ganaderas que alimenten el ganado con piensos y otros productos adquiridos a terceros, siempre que representen más del 50% del importe de los productos alimenticios consumidos, y se aplica tanto a los sectores ganaderos intensivos como a extensivos. El índice corrector por cultivos en tierras de regadío que utilicen energía eléctrica se reduce a 0,75
Las reducciones de los índices de rendimiento neto establecidas para la comunidad autónoma de la Comunidad de Madrid son las siguientes:
Sectores agrícolas:
– Cereales, leguminosas y oleaginosas de 0,26 a 0,18
– Oleaginosas de 0,32 a 0,22
– Productos del olivo de 0,26 a 0,13
– Albaricoque, melocotón y nectarino de 0,37 a 0,26
– Almendra de 0,26 a 0,13
– Castaña de 0,26 a 0,18
Sectores ganaderos:
– Apicultura de 0,26 a 0,13
– Bovino de leche de 0,20 a 0,14
– Bovino de carne de 0,13 a 0,09
– Bovino de cría de 0,26 a 0,18
– Ovino y caprino de carne de 0,13 a 0,09
– Ovino y caprino de leche de 0,26 a 0,18
– Porcino de carne o de 0,13 a 0,09
– Porcino de cría de 0,26 a 0,18
– Avicultura, de 0,13 a 0,09
– Cunicultura de 0,13 a 0,09
– Equino de 0,32 a 0,22
Además, en todo el ámbito de la Comunidad de Madrid se establece una minoración para las producciones de olivo superior a la nacional, al pasar de 0,26 a 0,09. El conjunto de todas estas minoraciones puede suponer para Madrid una reducción de la base imponible de los declarantes en el régimen de estimación objetiva agraria de unos 25,7 millones de euros que beneficiarán a unos 25.000 agricultores y ganaderos.