La Fiscalía Provincial de Madrid ha remitido un escrito al titular del juzgado de instrucción número 26 en el que solicita el archivo provisional de la querella presentada por VOX contra tres altos cargos del Gobierno a quienes acusaba de haber cometido una serie de irregularidades para la adquisición de material sanitario al inicio de la pandemia. Para el representante del Ministerio Público la formación política no ha concretado de forma “suficiente” los indicios “mínimos” para llevar a cabo una investigación porque la querella se sustenta en “meras conjeturas y sospechas sin que pueda apreciarse la concurrencia de suficientes elementos de tipicidad respecto de la notitia criminis ”.
La querella iba dirigida contra tres personas: el Director del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, la directora general de Racionalización y Centralización de la Contratación y la directora general de Cartera Común del servicio de Sistema Nacional de Salud y Farmacia. La formación política sostenía que entre el 13 de marzo y el 30 de abril de 2020 se suscribieron 56 contratos por parte del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) sin ningún tipo de publicidad y al margen de cualquier procedimiento administrativo. Además, aludía a que una docena de adjudicaciones se hicieron a empresas de “dudosa” existencia puesto que solo se conocía una denominación social.
La Fiscalía explica que los indicios aportados por los querellantes sobre la posible irregularidad en la contratación administrativa se sustentan en “meras conjeturas” relativas a las dudas que les genera el procedimiento utilizado y las entidades adjudicatarias “pero sin concretar qué tipos de incumplimientos en materia de contratación administrativa incurrió la entidad pública en dichas contrataciones”. Esa falta de concreción, a su juicio, no justifica la petición de investigar unos hechos por razón de su importancia y notoriedad “por poder tener carácter prospectivo, existiendo otros procedimientos para su fiscalización genérica”.
A continuación se centra en la adecuación a la normativa vigente de los contratos celebrados por la entidad pública INGESA entre los meses de marzo y abril del año 2020. En primer lugar, expone que existió un hecho “notorio” e “incuestionable” como fue la pandemia “y que hubo que adaptar la forma de contratar a dicho acontecimiento”. Por ello se remite a un informe del Tribunal de Cuentas realizado con todos contratos celebrados por INGESA entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020, incluidos los que son objeto de la querella, y concluye que dicho informe “no puede llevar a otra conclusión que la de que los contratos fiscalizados fueron practicados con pleno cumplimiento de la normativa administrativa”.
La mera confrontación de los indicios relatados en la querella con el informe “conciso” y “detallado” elaborado por el Tribunal de Cuentas sobre los contratos celebrados es lo que lleva a la Fiscalía a solicitar el sobreseimiento de la causa. Además, precisa que en lo que se refiere a los contratos recogidos en la querella,” la documental aportada por la Abogacía del Estado, aportando los expedientes administrativas y apreciando la existencia de fiscalización suficiente relativa tanto a la forma de contratación como a la exigencia de cumplimiento de las obligaciones contraídas por el adjudicatario, conllevan a instar también el sobreseimiento y archivo de la investigación penal”.
Por último, el escrito de la Fiscalía alude a la participación de los tres querellados en los hechos denunciados. Para el representante del Ministerio Público resulta “relevante” la declaración que en sede judicial hizo el director de INGESA quien, si bien admitió que era la persona responsable respecto a los contratos celebrados por su departamento, recordó que todos ellos fueron objeto de fiscalización previa y posterior por parte Tribunal de Cuentas, “donde en consonancia con lo manifestado por el investigado, se cumplieron los presupuestos administrativos para la celebración de los contratos en todas sus fases”.
En cuanto a las directoras generales de Racionalización y Centralización de la Contratación y de Cartera Común del servicio de Sistema Nacional de Salud y Farmacia, recuerda que la primera de ellas asumió el cargo de órgano de contratación respecto del INGESA durante cinco días “sosteniendo el cumplimiento y adecuación a la ley de la contratación cuya responsabilidad le fue encomendada, en consonancia con el informe de Tribunal de Cuentas aportado en la causa”. Respecto a la segunda “nada se ha podido acreditar, ya que la misma carecía de competencias a los efectos de poder participar en los contratos denunciados, extremo que impide cualquier tipo de exigencia de responsabilidad penal”.
De ahí que la conclusión de la Fiscalía sea la de que existe una falta “total” de acreditación de los hechos en relación con el contenido de la querella y a los indicios existentes contra los investigados y, por lo tanto, se aprecia “la imposibilidad de exigencia de responsabilidad en el contexto del proceso penal a los denunciados”.