Más Madrid ha presentado hoy el escrito de demanda contra la «modificación regresiva» de Madrid Central realizada por el Gobierno de Almeida con la modificación de la Ordenanza de Movilidad Sostenible -aprobada el pasado 13 de septiembre- ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
El grupo municipal considera que «la supresión de Madrid Central vulnera el principio de no regresión ambiental». Con esta demanda, pionera en España, la formación que lidera Rita Maestre quiere «sentar precedente para garantizar que no se den pasos atrás en la lucha contra el cambio climático y la contaminación atmosférica, además de garantizar la salud de la ciudadanía».
La concejala de Más Madrid Esther Gómez ha detallado que la demanda «va contra los criterios de acceso incluidos en la nueva zona de bajas emisiones de especial protección Distrito Centro, que suponen un retroceso respecto a Madrid Central». En concreto, el recurso se centra en la excepción que permite que los comerciantes autoricen hasta tres coches cada uno, es decir, 57.402 nuevos vehículos autorizados, un 40% más que con Madrid Central. También incluye otras regresiones, como la excepción dada a los vehículos históricos, la nueva moratoria para los vehículos ligeros con clasificación ambiental B y la inclusión de dos nuevas calles de libre circulación.
“La ordenanza de movilidad de Almeida supone un retroceso en Madrid Central”, ha remarcado Esther Gómez, “y por eso hemos recurrido ante el TSJM basándonos en el principio de no regresión ambiental. La legislación internacional y nacional no permite dar marcha atrás en las medidas contra el cambio climático y la contaminación de forma arbitraria, como ha hecho el PP”.
Se trata de una demanda pionera en España, que puede cambiar el futuro de las políticas medioambientales, “queremos establecer un precedente y que el principio de no regresión ambiental se asiente en España”, además de defender Madrid Central y la salud de las vecinas y vecinos.
«Almeida incumple la legislación ambiental europea y española»
La Ordenanza de Movilidad de Almeida constituye, según Más Madrid, «una regresión respecto a la normativa que estaba en vigor, Madrid Central, por lo que incumple el principio de progresividad y de no regresión ambiental, sustentado por los derechos humanos, el Acuerdo de París y la legislación ambiental europea y española». Así, las medidas que se adopten para hacer frente al cambio climático y a las emisiones contaminantes «no pueden revertirse salvo que esté plenamente justificado, como se pone de manifiesto en el dictamen jurídico realizado por el Instituto Internacional de Derecho y Medio Ambiente y aportado como prueba en la demanda».
“Esto significa que no se puede retroceder en los avances relacionados con la lucha contra la contaminación y el cambio climático con la arbitrariedad con la que actúa Almeida”, ha declarado la concejala de la fuerza mayoritaria de la ciudad Esther Gómez.
Uno de los mayores exponentes es la Ley de Cambio Climático aprobada en 2021, en la que se incluye la primera definición legal que se hace del principio de no regresión en el ordenamiento jurídico español, y lo vincula precisamente a las zonas de bajas emisiones. En concreto, la ley establece: “Desde el punto de vista medioambiental, este principio de no regresión se define como aquel en virtud del cual la normativa, la actividad de las Administraciones Públicas y la práctica jurisdiccional no pueden implicar una rebaja o un retroceso cuantitativo ni cualitativo respecto de los niveles de protección ambiental existentes en cada momento, salvo situaciones plenamente justificadas basadas en razones de interés público, y una vez realizado un juicio de ponderación entre los diferentes bienes jurídicos que pudieran entrar en contradicción con el ambiental”.
La demanda de Más Madrid
En la demanda del grupo municipal de Más Madrid se expone que la nueva regulación de la zona de bajas emisiones «supone un retroceso, como queda recogido incluso en un informe de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, incorporado al expediente de la modificación de la Ordenanza de Movilidad Sostenible. En dicho expediente se asegura que la nueva zona de bajas emisiones de Centro permite acceder y circular a vehículos que la Ordenanza de Movilidad Sostenible de 2018 no permitía».
Además, «no existe en todo el expediente ninguna justificación que ampare las nuevas excepciones incluidas sobre comerciantes, vehículos históricos, etcétera. No hay ningún dato ni informe que ampare estas necesidades o que pondere los distintos intereses. Y, por lo tanto, ninguna razón que ampare la regresión ambiental con la zona de bajas emisiones de Distrito Centro, incluida en la Ordenanza de Movilidad de Almeida.»
El escrito también recurre a «la falta de motivación para realizar dichos cambios, pues remiten a la estrategia ambiental Madrid 360, que no ha sido aprobada en ningún ámbito ni ha pasado por un proceso de participación pública, por lo que no posee fuerza jurídica vinculante. Por todo ello, la demanda pide la nulidad de las nuevas excepciones incluidas en la zona de bajas emisiones de Centro incluidas en la Ordenanza de Movilidad de Almeida».