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El CPEESM denuncia que Madrid contratará 443 educadores sin requerir el grado en Educación Social

Gacetín Madrid

La Comunidad de Madrid, a través de la Orden 469/2021, de 15 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, ha convocado pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a 443 plazas de la categoría profesional de Personal Titulado Medio Educador (Grupo II, Nivel 7, Área C).

Sin embargo, entre los requisitos se demanda «estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes la titulación de Grado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico, o de cualquier otra titulación o estudios equivalentes, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en la materia». En ningún momento se alude específicamente al grado de Educación Social, algo que está siendo muy criticado, acusando a la Comunidad de Madrid, por «intrusismo profesional».

Por todo ello, el Colegio Profesional de Educadoras y Educadores Sociales de la Comunidad de Madrid (CPEESM), ha emitido un comunicado, al que ha tenido acceso Gacetín Madrid, denuncia que «en ningún momento se ha consultado ni informado a este Colegio Profesional sobre las bases o de la convocatoria de plazas, ni tampoco sobre las condiciones en las que saldrían, ni sobre el temario específico para la oposición ni sobre la baremación en el concurso. Desde el CPEESM siempre nos hemos ofrecido a colaborar con la administración».

Aunque la convocatoria se encuentre enmarcada en el contexto del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid y del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, «creemos firmemente que se debería de requerir la formación universitaria más idónea para el desarrollo de las funciones de este puesto de trabajo de la administración, en este caso el Título de Diplomatura o Grado en Educación Social o la habilitación profesional».

Por un lado, las funciones y competencias que se van a desarrollar en ese puesto de trabajo «coinciden plenamente con las funciones y competencias del catálogo de funciones y competencias del educador y la educadora social, dentro de los Documentos profesionalizadores».

Por otro lado, en el temario propuesto en el anexo de la convocatoria, se incluye el tema 7 La educación social: ámbitos de actuación y código deontológico, cuyos contenidos «corresponden expresamente a la profesión de Educadora o Educador Social». «La contradicción será que las personas que accedan finalmente a una de las plazas, en muchos de las casos se encontrarán en la situación de no poder colegiarse, al no contar con título o habilitación profesional en Educación Social, por lo que no estarían bajo un código deontológico que protege el respeto a los derechos humanos y a los sujetos de la acción socioeducativa, la justicia social, la profesionalidad, la acción socioeducativa, la autonomía profesional, la coherencia institucional, la información responsable, la confidencialidad… ni bajo el sistema de sanciones que regula esta entidad profesional», indicen.

Además, exponen, «hemos comprobado cómo la administración autonómica ha venido priorizando para la realización de contrataciones de manera temporal a aquellas personas con la titulación de Grado o Diplomatura en Educación Social».

El CPEESM también pretende visibilizar y denunciar «la situación públicamente que después de treinta años de carrera universitaria de Educación Social y once años desde la creación del Colegio Profesional de esta imprescindible profesión en la Comunidad de Madrid, con todas las reivindicaciones sobre la inclusión de nuestra figura profesional en la RPT, aún no se han generado desde las administraciones los mecanismos que la incorporen, garantizando acciones socioeducativas de calidad, que permitan la protección y fomento de una ciudadanía plena a las personas que más lo necesitan, en situaciones de dificultad, vulnerabilidad y riesgo social».

En este caso, además, la situación «se agrava ya que las personas afectadas son niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo o desamparo y también sus familias, que tienen derecho a contar con protección plena para la cobertura de sus necesidades e intereses con base en diferentes normativas internacionales, nacionales y autonómicas, que requieren de intervenciones socioeducativas, como explicamos, de calidad y garantistas, para no exponerlas a una mayor indefensión socioeducativa».

«En el proceso se vulneran tanto los derechos de la ciudadanía como los derechos de la profesión, que cuenta con formación universitaria específica en este ámbito profesional, siendo la única profesión cualificada para desempeñar el perfil de Técnico Medio Educador», denuncian.

Por estos motivos el CPEESM quiere animar a las personas colegiadas que «se presenten a este proceso selectivo a interponer recurso contra los requisitos de la convocatoria, tomando como base las alegaciones expuestas en este comunicado y que podrían estar determinando la necesidad de un cambio en los requisitos de admisión». Desde el CPEESM «vamos a apoyar firmemente esos recursos para conseguir una profesión más valorada y respetada, aportando todos los recursos jurídicos a nuestro alcance y aportando, en caso de ser requerido, los informes periciales de parte o judiciales correspondientes, que analicen el principio de idoneidad».

«Creemos en los compromisos compartidos y es por ello por lo que convocamos a las organizaciones sindicales, la universidad y los partidos políticos a denunciar, visibilizar y apoyar en esta reivindicación histórica de la figura profesional más idónea para acompañar y garantizar los derechos sociales de la ciudadanía, la Educación Social».

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