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La Plataforma por el Ocio, la Cultura, el Turismo y la Hostelería de Madrid valora positivamente el auto judicial por el que el juez del contencioso administrativo Nº2 no ratifica el decreto de la Comunidad de Madrid que debía trasladar los acuerdos del Consejo Interterritorial del Sistema de Salud Pública del 14 de agosto, y que introducía severas restricciones en el ocio y la hostelería, tanto a nivel de suspensión del ocio nocturno, horarios, como de prohibición de fumar en las terrazas y todo tipo de restricciones.
«Pendientes de analizar en profundidad el auto judicial, el hecho de que se reclame un decreto de alarma nacional que permita la imposición de medidas restrictivas tan graves para las pymes y que además supone un agravio comparativo con todo tipo de actividades económicas y sociales, en las que la evolución de la enfermedad tiene incidencia en igualdad de condiciones que la actividad del ocio y la hostelería», exponen.
Asimismo, consideran «relevante» el reconocimiento de «la necesidad de plantear medidas económicas complementarias para minimizar el impacto económico que supone la prohibición de la actividad económica y empresarial reglada en una sociedad de libre mercado».
Por último, y de acuerdo con las informaciones aparecidas, la orden comunicada «carece de fundamento jurídico para permitir la imposición de medidas restrictivas a través de los decretos autonómicos sin base jurídica».