- La Junta aprueba diversas reducciones en la cuota de la Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local.
- La reducción aplicable será del 100 % para mercadillos y puestos, incluidos los situados en la zona de El Rastro.
- Será del 25% en la tasa de las terrazas de hostelería, para el ejercicio de actividades comerciales, industriales y recreativas (feriantes) y distribución gratuita de prensa, lo que se une a la devolución de otro 25% de la tasa por el tiempo que no han podido ejercer la actividad por el Estado de Alarma.
La Junta de Gobierno ha iniciado la tramitación de nuevas medidas fiscales siguiendo la línea ya iniciada con las bonificaciones introducidas en el IBI y en el IAE, con el objetivo de contribuir al impulso de la actividad económica madrileña como consecuencia de la crisis producida por la pandemia del COVID-19.
Las medidas fiscales que se adoptan, a instancias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo y tramitadas por la Agencia Tributaria de Madrid del Área de Hacienda y Personal, afectan a la Tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, que tienen que sufragar quienes desarrollan actividades en la vía pública, y consisten en el establecimiento de una reducción en la cuota de tasa a abonar en el ejercicio 2020.
Las actividades económicas que se verán afectadas son las que desarrollan las terrazas de hostelería, los feriantes, otras actividades comerciales realizadas en la vía pública, las que se llevan a cabo a través de todo tipo de puestos, mercadillos o distribución gratuita de prensa.
La reducción aplicable será del 100 % en los puestos y mercadillos (incluidos los situados en la zona de El Rastro) y del 25 % en general (en terrazas de hostelería, para el ejercicio de actividades comerciales, industriales y recreativas –feriantes- y distribución gratuita de prensa).
A ese 25 % se une la devolución de otro 25 % por el tiempo en el que no han podido ejercer la actividad debido al estado de alarma, por lo que el beneficio para estos colectivos será del 50 % de la cuota anual. Dichas reducciones se van a aplicar de oficio, sin necesidad de su solicitud por parte de los sujetos pasivos afectados.
Estas medidas representan una ayuda directa a los empresarios de los sectores beneficiados por las mismas de alrededor de 3,5 millones de euros.
Alcance limitado de los tributos municipales
«El Ayuntamiento de Madrid, con estas medidas, ha realizado un esfuerzo para aliviar la dura situación que están viviendo quienes desarrollan este tipo de actividades económicas, compensando las decisiones que se tuvieron que adoptar al inicio de la pandemia de suspensión y paralización de las mismas, y todo ello pese al alcance limitado de los tributos municipales dado que las competencias normativas de la administración municipal son escasas», han indicado desde el Consistorio.
Tras la aprobación en Junta de Gobierno, se prevé abrir un proceso de información pública de 30 días para su elevación posterior al Pleno, en septiembre, y para que su concesión se lleve a cabo antes de final de año.