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Pymes y autónomos tendrán un mes más de aplazamiento sin intereses en el pago de impuestos

Gacetín Madrid 27 mayo, 2020
27 mayo, 2020
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El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley de medidas urgentes que prorroga la vigencia de algunas de las normas ya adoptadas para paliar el impacto económico causado por el COVID-19 y establece otras nuevas para diferentes sectores.

La ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, ha explicado que todas estas disposiciones reflejan «el compromiso del Ejecutivo para proteger a las familias y los trabajadores», especialmente «a los más vulnerables y golpeados por la crisis» y al tejido productivo, sobre todo a pymes y autónomos, que constituyen el grueso del sector.

Asimismo, ha continuado, pretenden garantizar «la sostenibilidad del sistema de Seguridad Social» de forma que pueda hacer frente a las necesidades de gasto en prestaciones de desempleo, que se han incrementado.

Medidas tributarias para pymes, autónomos y sociedades

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El Real Decreto-ley modifica la norma aprobada el pasado 12 de marzo que permitía a pymes y autónomos aplazar sus obligaciones tributarias hasta un máximo de 30.000 euros durante seis meses, con los tres primeros exentos de intereses. El periodo de carencia se amplía ahora a cuatro meses.

Montero ha explicado que, hasta la fecha, se han registrado 1.016.688 solicitudes de aplazamiento por un importe superior a los 2.031 millones de euros, y el número de beneficiarios asciende a 638.652.

Respecto al impuesto de sociedades, el procedimiento de declaración se adapta para que las que no hayan podido aprobar sus cuentas anuales antes del final del plazo de presentación, puedan hacerlo con las cuentas anuales que tengan disponibles.

Aportación extraordinaria a la Seguridad Social

Montero ha explicado que, como consecuencia de la paralización económica y la batería de medidas establecidas para pymes y autónomos y la protección de los trabajadores, se han reducido los ingresos del sistema de la Seguridad Social y han aumentado los gastos, especialmente los de prestaciones por cese de actividad, por desempleo derivado de los ERTE y por bajas laborales.

Con el objetivo de equilibrar sus cuentas y de que pueda hacer frente a las mayores necesidades de gasto, el Gobierno ha aprobado un crédito extraordinario de 14.000 millones de euros para este organismo, así como un préstamo máximo de 16.500 millones sin intereses a su Tesorería General.

Bajas por accidente laboral

Por otro lado, se considerarán bajas por accidente de trabajo las derivadas del coronavirus para el personal sanitario de centros sanitarios o sociosanitarios. En el caso de fallecimiento dentro de los cinco años siguientes al contagio, ha concretado Montero, también se acreditará como causa el accidente laboral.

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