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La Comunidad de Madrid autoriza los primeros 5 millones de euros para ayudas a las víctimas del terrorismo

Gacetín Madrid 26 febrero, 2019
26 febrero, 2019
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El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha autorizado un gasto de cinco millones de euros para un primer paquete de ayudas económicas y asistenciales a víctimas del terrorismo.

Este importe podrá ampliarse hasta los 15 millones de euros a lo largo de 2019, con el objetivo de atender las necesidades de los damnificados por acciones terroristas al amparo de la Ley 5/2018, de 17 de octubre, para la protección, reconocimiento y memoria de las víctimas del terrorismo, aprobada por la Asamblea de Madrid.

Dicha ley contempla indemnizaciones por fallecimiento y daños físicos o psíquicos para víctimas de atentados terroristas cometidos dentro y fuera de España. Esta prestación será equivalente al 30% de la ayuda que concede la Administración General del Estado en el mismo supuesto.

La norma incorpora, además, medidas asistenciales. Así, la Comunidad de Madrid asegura la atención sanitaria y psicológica gratuita a víctimas y personas vinculadas por parentesco, convivencia o dependencia. Se garantiza, asimismo, intervención psicopedagógica gratuita para alumnos de Infantil, Primaria y Secundaria que sufran problemas de aprendizaje como consecuencia de una acción terrorista. La norma incluye también medidas en materia de empleo, cultura, deporte y acceso a la vivienda pública.

La Ley para la protección, reconocimiento y memoria de las víctimas del terrorismo de la Comunidad de Madrid dispone ayudas para la reparación de daños materiales en la vivienda habitual, con un límite de 45.000 euros por siniestro, así como para el alojamiento provisional mientras dure la reparación. Del mismo modo, se recoge el cambio de vivienda en caso de siniestro total tras una acción terrorista, con una valoración que oscilará entre el 80% y el 100% del valor real de la vivienda afectada.

Tienen derecho a las ayudas las víctimas que cuando sufrieron un atentado terrorista estaban empadronadas en la Comunidad de Madrid. Atendiendo a una solicitud de las asociaciones de víctimas, la ley contempla que en caso de ausencia de empadronamiento en el momento del atentado, los afectados tengan derecho a las prestaciones si se acreditan haber residido en la región con anterioridad, por un tiempo equivalente a las dos terceras partes de su vida.

Ampliación del plazo de solicitud

La gestión de las ayudas se coordina desde el Comisionado para las Víctimas del Terrorismo, que ha detectado en estos primeros meses de aplicación de la ley que existe un elevado número de víctimas que no pertenecen a ninguna asociación y que, por ello, carecen de la información completa sobre las indemnizaciones y derechos que les corresponden.

Así, y atendiendo además a una petición de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), se tramita ya en el parlamento regional una modificación de la ley para ampliar el plazo de solicitud de las ayudas, que pasará a ser de nueve meses frente a los seis meses inicialmente previstos.

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