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La Comunidad de Madrid amplía el plazo de solicitud de ayudas para las víctimas del terrorismo

Gacetín Madrid 12 febrero, 2019
12 febrero, 2019
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El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha dado luz verde a la tramitación de la Proposición de Ley 4/2019 de modificación de la Ley 5/2018, de 17 de octubre, para la Protección, Reconocimiento y Memoria de las Víctimas del Terrorismo. De esta manera se ampliará tres meses el plazo inicialmente previsto en la Ley para obtener ayudas económicas y medidas asistenciales destinadas a las víctimas del terrorismo, pasando de los seis meses iniciales hasta los nueve meses.

El objetivo de esta iniciativa es que el mayor número posible de personas con la condición de víctima del terrorismo pueda resultar beneficiaria de las ayudas estipuladas por la Comunidad de Madrid.

Desde el Comisionado para las Víctimas del Terrorismo se ha detectado en estos primeros meses de andadura, una vez facilitada toda la información a las diferentes asociaciones de víctimas del terrorismo, que aún existe un elevado número de víctimas que no se encuentran asociadas a ninguna de las entidades, careciendo por tanto de una completa y exhaustiva información, además de los derechos que les asisten.

A petición de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) se tomó en consideración su solicitud de aumentar el plazo para la solicitud de las ayudas y se sometió a su tramitación.

La Ley de Protección, Reconocimiento y Memoria de las Víctimas del Terrorismo aprobada el mes de octubre en la Asamblea de Madrid tiene como principal objetivo el reconocimiento de las víctimas, principal reivindicación demandada a lo largo del tiempo por todas las asociaciones de víctimas del terrorismo.

5 millones de euros ampliables a 15

El presupuesto aprobado en el presente ejercicio para la obtención de las ayudas económicas y medidas asistenciales asciende a cinco millones de euros, que podrán ampliarse hasta un máximo de 15 millones de euros.

Algunas de las medidas de carácter económico que se contemplan en la Ley son las relativas al derecho a la indemnización por fallecimiento y daños físicos o psíquicos para víctimas de atentados terroristas cometidos dentro y fuera de nuestras fronteras.

Medidas asistenciales

La norma incorpora otra serie de medidas asistenciales para las víctimas del terrorismo y las personas vinculadas a ellas, dentro del ámbito de actuación de la Comunidad de Madrid, integrando los ámbitos sanitario, social, educativo, empleo o de vivienda.

Así, la Ley contempla ayudas para la reparación de daños materiales en la vivienda habitual, con un límite de 45.000 euros por siniestro, así como para el alojamiento provisional mientras dure la reparación.

Del mismo modo, se recoge el cambio de vivienda en caso de siniestro total, con una cantidad que oscilará entre el 80% y el 100% del valor real de la vivienda afectada. La Comunidad de Madrid asegura además la asistencia sanitaria y psicológica gratuita de víctimas y personas vinculadas por parentesco, convivencia o dependencia, y garantiza la asistencia psicopedagógica gratuita a los alumnos de Infantil, Primaria y Secundaria que, como consecuencia de una acción terrorista, sufran problemas de aprendizaje. La norma incluye también medidas específicas en materia de empleo, acceso a la vivienda pública, acceso a la cultura o al deporte.

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