El portavoz del PP en la Asamblea de Madrid, Enrique Ossorio, ha anunciado hoy tras la reunión de la Junta de Portavoces, que presentará una Proposición no de Ley (PNL) que será debatida en el pleno del próximo 9 de marzo, en la que pedirá al Gobierno que mantenga exento del IVA los servicios de asistencia jurídica gratuita en España.
Recientemente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado una sentencia, partiendo de la sujeción de los referidos servicios al Impuesto sobre el Valor Añadido, en tanto que servicios prestados a título oneroso por un empresario o profesional a efectos del mencionado tributo, en la que se cuestiona la posible aplicación a los mismos del supuesto de exención contemplado en el artículo 132, apartado 1, letra g), de la Directiva 2006/112. El mencionado Tribunal entiende que este artículo debe interpretarse en el sentido de que los servicios de abogados y procuradores del turno de oficio no están exentos del IVA ya que, en general, carecen de un carácter social, requisito de exención previsto en la Directiva.
En los autos que obraban en poder del Tribunal de Justicia de la Unión Europea se observaba que no todos los abogados prestaban servicios en el marco del régimen nacional de asistencia jurídica gratuita, sino únicamente aquellos que se presentan voluntariamente para hacerlo con carácter principal o accesorio y que están inscritos a tal efecto en una lista que se elabora anualmente.
Por lo tanto, prestar servicios en tal régimen no constituye sino un objetivo más entre otros de la profesión de abogado, según sostiene el Tribunal de Juticia de la UE. Por consiguiente, los servicios prestados por los abogados en el marco del régimen de asistencia jurídica gratuita objeto del litigio principal no estarían exentos del IVA en virtud de la Directiva 2006/112.
En consecuencia, y en aplicación de esta sentencia, la Dirección General de Tributos del Estado, ha procedido a modificar el criterio mantenido hasta ahora y vigente en España desde 1986, con respecto a la tributación de los servicios prestados por abogados y procuradores a los beneficiarios del derecho a la asistencia jurídica gratuíta, “y por tanto a partir de 1 de enero de 2017 estos profesionales están sujetos al tipo impositivo general del 21 por ciento, con el consiguiente coste para las arcas públicas regionales”, ha señalado Ossorio.
Según ha explicado Ossorio, «la dirección de Tributos dependiente del Ministerio de Hacienda ha llegado a la conclusión del carácter oneroso de tales servicios tomando como referencia una sentencia en base a las denuncias planteadas por el Tribunal Constitucional Belga, cuyas circunstancias son distintas y podrían no ser de aplicación en España”. Por ello, el portavoz popular ha insistido en que el Gobierno regional se dirija al Gobierno de la Nación “para que lleve a cabo la modificación normativa necesaria para que los servicios de asistencia jurídica gratuita queden exentos de la aplicación del IVA”.