En España, es frecuente encontrar inmuebles —casas, fincas rústicas, edificios— que figuran en el Registro de la Propiedad con partes indivisas pertenecientes a múltiples titulares. Muchas veces, esas participaciones corresponden a antiguos condóminos que han fallecido, y en los que el rastro de sus herederos se ha perdido con el tiempo. En no pocos casos, los propietarios o sus descendientes viven en España; en otros, emigraron décadas atrás. Sea como sea, dejaron sus derechos sin reclamar.
Además, no es raro encontrar inmuebles que todavía figuran a nombre de una única persona fallecida hace décadas, cuya herencia quedó inconclusa y nunca se inscribió. Acaso luego de ese primer deceso, quizás murieron los herederos originales, y hoy los titulares jurídicos son herederos de herederos del propietario que consta en el registro.
En estas situaciones de comunidad de bienes, a veces sólo uno o algunos de los copropietarios usan la finca, mientras que otros permanecen ajenos.
Quienes utilizan el inmueble no conocen a sus actuales comuneros, y éstos últimos, no conocen la existencia del inmueble.
Conviene recordar que, según la jurisprudencia civil española, el mero hecho de que un condómino o coheredero posea de manera exclusiva un inmueble durante largos años no implica necesariamente que pueda adquirirlo por prescripción adquisitiva. Los tribunales han reiterado que, mientras subsista el condominio o la comunidad hereditaria, la posesión de uno se presume ejercida en nombre de todos los condueños o sucesores. Solo en circunstancias muy específicas —como actos inequívocos de exclusión y oposición conocidos por los demás comuneros o herederos— podría comenzar a computarse el plazo de usucapión.
Esto explica por qué, incluso tras generaciones de ocupación exclusiva de un bien raíz, existen derechos de condominio y hereditarios que se mantienen vivos y pueden ser ejercidos por sus actuales titulares.
La existencia de inmuebles en los que sobreviven participaciones en cabeza de personas que ignoran su condición de copropietarios no sólo complica la gestión de los bienes, sino que abre la posibilidad de que muchos españoles y descendientes de españoles sean beneficiarios de derechos transmitidos desde generaciones pasadas.
Stilman Research (www.stilmanresearch.org), compañía con sede en el Estado de Florida, EEUU, trabaja precisamente en este apasionante desafío al tiempo y las fronteras: la identificación y localización de los beneficiarios de derechos patrimoniales que son desconocidos para sus titulares. Se trata de descubrir quiénes son y dónde están los dueños de valores económicos que por distintas razones quedaron sin reclamarse, pero que constan en registros de la propiedad, notarías, procedimientos judiciales o instituciones financieras. La labor no sólo es de investigación genealógica y documental. En muchas oportunidades, también es de iniciativa: sin la decisión de averiguar quiénes son los beneficiarios de los activos e ir en busca de ellos, los bienes probablemente no llegarían nunca a sus legítimos titulares.
La historia de la emigración española refuerza la realidad de la propiedad inmueble no reclamada. A lo largo de los siglos XIX y XX, millones de españoles partieron hacia América, principalmente a Argentina, México, Uruguay, Cuba, Chile y Venezuela. Algunos de ellos ya eran propietarios de bienes en España al momento de su partida; otros, se convirtieron después en sucesores de padres o hermanos que no se fueron.
Pero por supuesto, la dispersión de las familias da lugar a propiedad no reclamada a ambas márgenes del Atlántico. Los descendientes de emigrantes españoles en América pueden ser beneficiarios de bienes dejados en España, al mismo tiempo que muchos españoles pueden ser herederos —sin saberlo— de propiedades o valores patrimoniales generados por compatriotas o descendientes de españoles en el exterior.
Fundada por Gabriel Stilman, abogado y miembro de la Asociación de Profesionales Genealogistas, Stilman Research no sólo ayuda a los beneficiarios directos de los bienes. Administradores de fincas, notarios, abogados, condóminos y cualquier otra persona o institución que necesita identificar al propietario de un activo olvidado por su dueño, puede recurrir a los servicios profesionales de la compañía.
En un mundo globalizado y en que crece la variedad de activos, los bienes abandonados son una realidad más frecuente de lo que se suele imaginar, y representan un puente silencioso que conecta generaciones y geografías. Reunir a los beneficiarios con sus propiedades no sólo significa generar un provecho económico, sino también rescatar un legado que puede formar parte de la identidad familiar y cultural, al tiempo que se regulariza una situación jurídica en beneficio el tráfico patrimonial y la institucionalidad.
