La Fiscalía Provincial de Madrid solicita hasta 32 años de prisión para 7 integrantes de la banda juvenil violenta de los Trinitarios por el intento de asesinato de dos personas en un parque de Arganzuela durante una ‘caída’ al grito de «baja patria», un ataque generalmente armado a miembros de bandas rivales.
El representante del Ministerio Público les imputa a todos dos delitos de asesinato en grado de tentativa y a cinco de ellos el delito de pertenencia a banda criminal. La petición del fiscal suma 178 años de prisión entre todos los acusados. La Fiscalía tiene señalado el juicio (con jurado) para el día lunes, 24 de febrero, a las 09:30 horas, en la Sección 29ª de la Audiencia Provincial de Madrid.
El escrito de acusación señala que sobre el día 14 de enero de 2023 los acusados, en compañía de 7 menores, previamente concertados entre sí y en ejecución de la actividad ilícita propia de la banda juvenil y violenta TRINITARIOS, decidieron hacer una “caída”, término utilizado en el argot de bandas, cuando la misma, de forma premeditada y organizada, con conocimiento y acuerdo de sus integrantes, se desplazan al territorio de la banda rival para acometer de forma violenta a quien allí se encuentre, como manifestación de su autoridad y dominio territorial frente a la banda rival.
Sobre las 22:50 horas, los procesados, en ejecución de dicha “caída”, llevando la mayoría de ellos mascarillas y las capuchas de las sudaderas puestas con el fin de evitar o dificultar su identificación, accedieron al Parque de la Cuña Verde del Ferrocarril en Arganzuela (Madrid), punto habitual de reunión de la banda juvenil y violenta rival Domenican Don´t Play (DDP), portando piedras y armas blancas de gran tamaño (machetes).
Una vez en el interior del parque, al grito de “patria”, con la clara intención de acabar con sus vidas o al menos aceptando la alta probabilidad de que ello ocurriera, los procesados se dirigieron gritando e insultando a 3 personas que se hallaban en un banco, pese a no tener relación con banda juvenil alguna, en concreto al Sr. B. E. O. P., el Sr. Sr. A. C. C. y el Sr. C. J. A. C. C., pudiendo este último huir tras percatarse del acercamiento del grupo, al ser el único que se hallaba de pie. Tanto el Sr. O. como el Sr. C igualmente trataron de huir, impidiéndoselo los procesados, al agarrarles y golpearles con gran violencia, sin que ninguno de ellos tuviera posibilidad alguna de defenderse, al estar ambos sentados en el banco y tener alrededor de ellos al grupo de 14 personas portando piedras y machetes.
Los procesados acometieron al Sr. B. E. O. P. propinándole con un machete dos golpes dirigidos a su cabeza, que finalmente impactaron en su brazo derecho, al levantarlo éste instintivamente con ánimo de protegerse y al Sr. A. C. C., tras requerirle que realizara el gesto de “baja de tres” y sin posibilidad de reacción alguna, le propinaron un fuerte golpe con el machete en la cabeza que finalmente le impactó en el rostro.
Reconocido por el Médico Forense, el Sr. B. E. O. P., presentaba herida inciso contusa en dorso mano derecha, herida inciso contusa en cara radial del antebrazo derecho, sección de tendones extensores de los dedos, sección de arteria radial a su paso por tabaquera anatómica, fractura oblicua de escafoides, fractura de trapecio desplazada, fractura base 1º metacarpiano no desplazada, fractura borde cubital de radio distal y fractura dorso cabeza cubital.
Estas lesiones requirieron para su sanidad además de una asistencia facultativa continua, tratamiento médico consistente en material de osteosíntesis, anastomosis de lesiones vasculares, tenorrafia de tendones lesionados y cierre por planos, vendaje y férula así como 197 días de curación, 4 de ellos hospitalizado y 193 impeditivos. El Sr. O. P. presenta como secuelas, una cicatriz de 10 cm en el dorso de la mano derecha, una cicatriz de 15 cm en antebrazo derecho, limitación de la movilidad de la muñeca cero grados, movilidad de los dedos a 90 grados en extensión y abducción del pulgar de la mano derecha en 15 grados, sin que conste los puntos en los que se valoran dichas secuelas.
Reconocido por el Médico Forense, el Sr. A. C. C. presentaba herida inciso contusa facial compleja de 16 cm, con exposición del cartílago auricular, llegando hasta el maxilar izquierdo, con lesión del nervio facilitar (parálisis incompleta) y sangrado activo arterial.
Las lesiones descritas se producen por el corte realizado con un arma blanca de peso, que lesionan estructuras en profundidad hasta casi dejar ver la cavidad bucal. Estas lesiones requirieron para su sanidad además de una asistencia facultativa continua, tratamiento médico consistente sutura con seda quirúrgica con anestesia, tanto en planos profundos como superficiales, así como 45 días de curación, 4 de ellos hospitalizado y 41 días impeditivos. El Sr. C. C. presenta como secuelas, una cicatriz de 10 cm en región mandibular y malar izquierda y el cierre incompleto ocular izquierdo, sin que conste los puntos en los que se valoran dichas secuelas.