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CCOO exige a la Comunidad de Madrid la «inmediata aplicación» de la clasificación profesional para cerca de 20.000 sanitarios

Gacetín Madrid

CCOO Sanidad Madrid ha presentado un requerimiento a la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS), a fin de que se adopten todas las medidas necesarias para la inmediata aplicación de lo establecido en materia de clasificación profesional en el artículo 76 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), dando así cumplimiento a lo recogido en el Acuerdo Marco para una Administración del Siglo XXI, que supondría la reclasificación de cerca de 20.000 profesionales de hospitales, servicios de urgencias y emergencias, y centros de salud y especialidades que deberían ocupar los grupos de clasificación profesional C1 y B, en lugar del C2 y el C1.

Dicha medida supone en la práctica que los profesionales sanitarios a los que se les exige la titulación académica de Bachiller o Técnico de Grado Medio (TCAE, Técnico de Emergencias y Técnico de Farmacia) siguen adscritos al grupo de clasificación C2, en lugar del C1 que es el que les corresponde, y los profesionales a los que se les exige estar en posesión del título de Técnico Superior (en Laboratorio de Diagnóstico Clínico, Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear, Anatomía Patológica, Radioterapia y Dosimetría, Higienista Bucodental y Documentación Sanitaria) siguen estando adscritos al grupo de clasificación C1 en lugar del grupo B que es el que en derecho corresponde.

Y esto significa, según CCOO, «no solo el reconocimiento justo de su formación sino que conllevaría el incremento salarial que corresponde a cada categoría y al grupo profesional que deberían tener reconocidos». El Acuerdo suscrito entre el Ministerio de Hacienda y Función Pública y CCOO, el 19 de octubre de 2022, recoge de manera expresa la plena aplicación de la clasificación profesional del personal al servicio de las Administraciones Públicas previsto en el artículo 76 del TREBEP.

CCOO considera que, «tal y como se establece en el Acuerdo, la disposición transitoria tercera del TREBEP se considera culminada, y, por tanto, concluido el proceso de implantación de las nuevas titulaciones, que establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), en los procedimientos de acceso a las Administraciones Públicas».

Profesionales del SNS

El requerimiento de CCOO se produce «obligado por las demoras injustificables que se están produciendo para dar cumplimiento al apartado cuarto del citado Acuerdo, sobre aplicación de la clasificación según el Art. 76 del TREBEP, sobre todo porque para el personal estatutario del Sistema Nacional de Salud no es necesario realizar ningún desarrollo normativo, ni de carácter reglamentario, puesto que sólo pueden prestar servicios en los distintos Servicios de Salud aquellos que acrediten estar en posesión de la titulación académica habilitante para la profesión a desempeñar, lo que incluye directamente al SERMAS».

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