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Juzgan este martes en Madrid a un profesor por cargar 68.000 euros en viajes familiares a la UNED. Piden 7 años de cárcel

by Gacetín Madrid

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid juzga este martes a  A. C. S., un profesor de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), y a su esposa I. F. V. como colaboradora necesaria, por malversar fondos de la universidad de cara a sufragar viajes familiares y gastos “no necesarios”.

La Fiscalía Provincial de Madrid pide 7 años y nueve meses de prisión para él y otros 4 años para ella. El representante del Ministerio Público acusa al marido de haber cargado gastos por un importe de 67.905.30 euros a la universidad simulando que eran propios de su actividad docente cuando, en realidad, el dinero sirvió para pagar, entre otras cosas, diversos viajes del matrimonio a Berlín, Brasil o León.

Según el escrito de acusación, A. C. S. en su condición de profesor titular de Universidad en el Departamento de Ingeniería Eléctrica, Electrónica y de Control, fue designado por la UNED  como director del máster en Energías Renovables y Sistema Eléctrico de los cursos 2.012 a 2.017, así como director de los Cursos de Educación Permanente sobre “Experto Profesional en Equipos e Instalaciones Eléctricas” y “Experto Profesional en Generación Distribuida. Autoconsumo y Redes Inteligentes” de la convocatoria del curso escolar 2.014-2.015.

Dado que al director corresponde la gestión de los recursos destinados por la universidad para impartir los cursos, “con la intención de enriquecerse ilícitamente”, autorizó pagos con cargo a dichos recursos a favor de su hija de 13 años de edad en la fecha de los hechos en los cursos impartidos entre 2.012 y 2.016 en los que “simuló su participación, ocasionando de este modo un perjuicio económico al patrimonio de la Universidad Nacional de Educación a Distancia”. Además, cargó con cargo al presupuesto de los cursos “gastos que no eran necesarios para el desarrollo de los mismos con los que cubría gastos de índole estrictamente personal.”

Del mismo modo, aprovechando su designación como Director en diversos cursos de postgrado impartidos por la Universidad Nacional de Educación a Distancia, seleccionó a su esposa A. I. F. V. para que impartiera determinadas materias relacionadas con su profesión, “consiguiendo de este modo que percibiera remuneraciones, con cargo a los recursos destinados por la Universidad Nacional de Educación a Distancia a los cursos de postgrado, sin tener la capacidad técnica necesaria para ello e incumpliendo el régimen de abstenciones vigente en la Universidad Nacional de Educación a Distancia”.

Así, en el “Curso de equipos e instalaciones eléctricas” correspondiente al curso académico 2.014/2.015, autorizó pagos a su esposa por importe de 5.000 euros y a su hija por importe de 3.000 euros. Igualmente cargó como gasto del curso la cantidad de 4.428,34 euros justificándolo como gastos de desplazamiento del curso, que realmente correspondían a un viaje a Berlín realizado por la unidad familiar entre el 4 y el 8 de Diciembre de 2.014. Igualmente, el acusado cargó al curso gastos que no eran necesarios para su desarrollo por un importe total de 6.419,37 euros con los que realizó pagos de carácter personal.

En el “Curso de equipos e instalaciones eléctricas” correspondiente al curso académico 2.015/2.016, autorizó pagos a su esposa por importe de 6.000 euros e imputó como gastos de desplazamiento del curso la cantidad de 3.990,93 euros, que sirvieron para sufragar tres viajes a León del matrimonio.  Además, cargó al curso gastos que no eran necesarios para su desarrollo por un importe total de 706,67 euros con los que realizó pagos de carácter personal.

Como director del “Máster en energías renovables y sistema eléctrico” correspondiente al ejercicio 2.014/2.016 cargó con cargo a dicho Máster gastos de desplazamiento por importe de 20.508,31 euros que el acusado, “de común acuerdo con su esposa”, destinaron al pago de un viaje que realizaron a Brasil y otros gastos que no eran necesarios para su desarrollo por un importe total de 3.244,55 euros con los que realizó pagos de carácter personal.

Durante este tiempo el acusado dirigió otros cursos en los que  también autorizó pagos a su esposa o a su hija sobre trabajos no autorizados. De este modo, A. I. F. V. percibió indebidamente con cargo a los fondos de la universidad un importe total de 14.000 euros y la hija de ambos otros 12.000 euros. El importe total de la unidad familiar por gastos de desplazamiento con el que sufragaron viajes familiares asciende a 28.927,58 euros y el importe total pagado por la UNED de gastos no necesarios para el desarrollo de los cursos asciende a 12.977,72 euros. Así, el importe total pagado indebidamente por la UNED como consecuencia de la actuación de los acusados asciende, por todos los conceptos, a la cantidad de 67.905,30 euros.

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