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El dueño de un bar de Madrid condenado a 3 años y medio de cárcel por el ‘insufrible ruido’ de su local

by Gacetín Madrid

El dueño de un bar de Madrid tendrá que ir a prisión por el «insufrible ruido» que, según los jueces, hizo la vida imposible a un matrimonio vecino durante un año. El Tribunal Supremo ha decidido confirmar la condena de tres años y medio de prisión que le impusieron los jueces madrileños, en una sentencia que le reprocha su «incívico comportamiento» por no hacer nada por evitarlo a pesar de las continuas advertencias de la Policía Municipal. El caso sigue el guion habitual de este tipo de casos, con el incumplimiento reiterado de las advertencias de los vecinos, el ayuntamiento y la Policía y los trastornos de sueño y de ansiedad que padecen los afectados.

El caso que ha estudiado la sala de lo penal es el de un bar del Alto de Extremadura, en el distrito madrileño de Latina. El condenado se puso al frente del local en febrero de 2015 y, desde entonces y a lo largo de un año, según los jueces, «incumplió sistemáticamente» la normativa de ruidos de Madrid y desoyó las advertencias de la Policía Municipal cuando fueron a hacer mediciones de ruido hasta en cinco ocasiones. En las cinco el ruido superaba ampliamente los límites legales de decibelios.

El ruido de la música, según declara probado la sentencia iba directo a la habitación de un matrimonio que vivía encima de la discoteca. El local no tenía un limitador de sonido y tampoco tenía el aislamiento correcto, y según los policías que declararon en el juicio también era impermeable a las advertencias. «Teníamos que acudir de paisano, porque si íbamos de uniforme nos reconocían y bajaban el volumen», contó uno. «El ambiente era agresivo y cuando nos marchábamos en el coche volvían a subir el volumen», dijo otro.

Uno de los agentes fue contundente: «El ruido en la casa era importante, insoportable», dijo. Tampoco hicieron caso al técnico inspector del Ayuntamiento de Madrid cuando les citó para hacer una inspección del local. Y los ruidos y vibraciones eran de tal calibre que, como contó una de las personas afectadas, «las zapatillas se movían solas en el suelo». Su marido relató cómo eran insultados cuando pedían que bajara el volumen de la música y que, sin música, seguían escuchando los gritos y peleas. «Desde esa fecha el lexatin fue mi compañero de fatigas», dijo durante el juicio, y llegó a asegurar que «fui despedido hace dos años por bajo rendimiento, consecuencia de la falta de sueño». El problema no era nuevo: el anterior dueño del bar también les había hecho la vida imposible con el ruido.

Varias personas que vivían en las inmediaciones de esta discoteca describieron cómo el ruido persistía hasta las primeras horas de la mañana. «Horrible, insoportable» dijo una de ellas que reconoció que nunca había permitido que la Policía hiciera mediciones en su casa por miedo a que los dueños del bar supieran quién era y dónde vivía.

El Tribunal Supremo acaba de rechazar el último recurso interpuesto por el antiguo dueño del bar, que abandonó el local en los primeros meses de 2016, por un delito contra el medio ambiente: tres años y medio de cárcel, una multa de 2.400 e indemnizaciones para el matrimonio que rozan los 10.000 euros en total. El acusado reiteró ante la sala de lo penal los argumentos que ya expuso durante el juicio: que no sabía que tenía que acometer reformas y que no sabía que el ruido de su bar estaba molestando a sus vecinos.

Este último argumento ha servido, en otras ocasiones, para exonerar a dueños de bares ruidosos cuando no hay pruebas de que fueran correctamente apercibidos de las consecuencias de poner la música tan alta. Fue así, por ejemplo, en el caso del dueño de un bar de Pozuelo de Alarcón para quien la Fiscalía llegó a pedir cuatro años de cárcel. Pero ese no es el caso del dueño de este bar del Alto de Extremadura: los jueces entienden que hay pruebas de sobra para declarar probado que simplemente hizo caso omiso a las advertencias.

El ruido, según el Tribunal Supremo, fue una «fuente permanente de perturbación» para los vecinos y, además, «el propio encargado del local era consciente de la molestia que ocasionaban los ruidos que de allí salían». El acusado «conocía las consecuencias que ocasionaba con su incívico comportamiento, sin importarle el riesgo de grave perjuicio para la salud de las personas», sigue el Supremo, que califica de «insufrible ruido» lo que padecieron los vecinos durante un año entero. La condena implica que tendrá que entrar obligatoriamente en prisión aunque, según fuentes del caso, no ha empezado todavía la fase de ejecución.

Fuente: FACUA.

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