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Condenan a una multa de 2.250 euros al policía que mató accidentalmente al atracador de una peluquería de Madrid

by Gacetín Madrid

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a una multa de 2.250 euros a J. V. L., un agente perteneciente a la Unidad de Prevención y Reacción (UPR) de la Policía Nacional que acabó con la vida de un atracador al tratar de realizar un disparo intimidatorio y pensar que su arma reglamentaria estaba cargada con un cartucho de fogueo.

La Fiscalía Provincial de Madrid solicitaba dos años y seis meses de prisión por un delito de homicidio por imprudencia grave y reclama a la Administración General del Estado el pago de 103.000 euros en concepto de responsabilidad civil subsidiaria para los familiares del fallecido.

Sin embargo, la Audiencia Provincial ha condenado al policía nacional, como autor de un delito de homicidio por imprudencia menos grave, con la concurrencia de la atenuante simple de confesión, a la pena de 5 meses de multa, con una cuota diaria de 15 euros (2.250 euros en total) y con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias insatisfechas.

El escrito de acusación al que ha tenido acceso Gacetín Madrid señalaba que sobre las 05:00 horas del 21 diciembre de 2018 J. V. L. acudió junto con un compañero a una peluquería de la calle Diego de León, en la Milla de Oro del distrito madrileño de Salamanca, donde fueron advertidos de que se estaba cometiendo un delito de robo con violencia.

Cuando ambos agentes se dirigían al lugar de los hechos a bordo de un furgón policial, el acusado sacó del bolsillo de su pantalón dos cartuchos “pensando que mete primero el cartucho de posta y luego el de salva que es el que se utiliza con fines intimidatorios y que es de fogueo”, es decir, en orden inverso a la salida del arma.

Al llegar al establecimiento J. V. L. observó un vehículo Volkswagen Golf que circulaba con una puerta abierta y a escasa velocidad y que tuvo que ser esquivado por el furgón policial. Su acompañante, casi al mismo tiempo, se percató de que otro vehículo aceleraba y les esquivaba. Tras dar media vuelta al furgón policial para seguir a ambos vehículos el acusado se apeó con su arma cargada y descubrió que había una  persona en el suelo detrás del Golf, que resultó ser un atracador, y  que posteriormente se subió al coche.

Al estar convencido de que había cargado “correctamente” el arma y con intención de intimidar, el acusado disparó su escopeta “dirigiendo el disparo hacia el vehículo Golf”  al pensar que actuaba con munición de fogueo. J. V. L.  notó el retroceso del arma y  que la luna trasera del vehículo había estallado, “momento en el que se da cuenta de que había cargado mal el arma, invirtiendo el orden de las municiones, disparando por equivocación el cartucho de posta”. El disparo acertó en la persona de J. M. R. G.,  “que logró huir en el vehículo indicado al que siguieron los indicativos que había en la zona, perdiéndolo de vista”.

Los ladrones llevaron al compañero herido al Hospital Virgen de la Torre, en el distrito madrileño de Villa de Vallecas, donde le dejaron abandonado a las puertas del centro hospitalario, y huyeron a gran velocidad. Finalmente, el atracador falleció a consecuencia del disparo que le causó 9 orificios de entrada de proyectiles en la parte posterior del cuerpo y solo uno de salida. Uno de los proyectiles le perforó la pared posterior de la laringe en donde quedó alojado.

Otro perforó los lóbulos inferior y superior del pulmón izquierdo ocasionando un hemotórax izquierdo de más de un litro que penetra en la cavidad torácica por el orificio 2, un 3 proyectil que queda retenido en la parte anterior izquierda de los cuerpos vertebrarles a nivel t 4, t 5, otro que salió y 4 más que se quedan retenidos en el cadáver.

La muerte, sin embargo, no se produjo de forma inmediata tras el disparo, “sino que el carácter vital de los  infiltrados hemorrágicos encontrados, así como el derrame pericárdico y la naturaleza de las lesiones, perforación pulmonar que ocasiona hemotórax, indica que hubo un periodo de supervivencia de 30 minutos antes de la muerte”.

La escopeta Franchi se encontraba en buen estado de conservación exterior y se trataba de un arma de dotación colectiva de la Policía Nacional española propiedad de dicho cuerpo. Su funcionamiento tanto mecánico en vacío como el operativo, es correcto. Según el Reglamento de Armas RD 137/93 de 29 de enero, clasifica a la escopeta en su artículo 3, es necesario Licencia y guía de pertenencia del arma.

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