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La Comunidad de Madrid finalmente acatará la orden del Ministerio de Sanidad de cerrar perimetralmente de cara a Semana Santa (26 de marzo al 9 de abril) y San José (17 de marzo al 21 de marzo), aunque lo llevará ante los tribunales «por no estar de acuerdo con la efectividad técnica de la medida».
Así lo ha indicado el viceconsejero de Salud Pública y Plan COVID-19, Antonio Zapatero, durante la comparecencia semanal celebrada hoy en la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, donde también han analizado la situación epidemiológica de la región.
El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, en el que están representados el Ministerio de Sanidad y los consejeros del ramo de todas las comunidades y ciudades autónomas, aprobó el miércoles el plan de medidas frente al COVID-19 .
En el documento aprobado (con el único voto en contra de la Comunidad de Madrid y la abstención de Cataluña), hay una serie de medidas obligatorias y otras que serán meras recomendaciones, que se aplicarán «durante el periodo comprendido entre el 17 y el 21 de marzo de 2021 en aquellos territorios en los que sea festivo el día 19 de marzo; y desde el 26 de marzo al 9 de abril de 2021».
Así, con carácter general se recomienda no bajar el nivel de alerta en el que se encuentran las comunidades autónomas desde las dos semanas previas al inicio de la Semana Santa, el 12 de marzo, aunque los indicadores sean favorables y por tanto, mantener las medidas establecidas en ese momento.
Respecto a la movilidad se recomendará evitar todos aquellos viajes que no sean necesarios y se especifica de obligado cumplimiento que la movilidad estará limitada por el cierre perimetral de todas las comunidades autónomas, salvo las excepciones reguladas en el Estado de Alarma mediante el Real Decreto 926/2020, en cuyo caso se recomienda una PCR antes o a la llegada. Lo anterior no será de aplicación a las comunidades autónomas de Islas Canarias e Islas Baleares, por lo que la Comunidad de Madrid estaría obligada al cierre.
El mismo documento señala que no se celebrarán eventos masivos que impliquen aglomeración o concentración. Y, que en concreto los eventos en espacios cerrados seguirán las normas de aforo y otras medidas establecidas, según el nivel de alerta de cada comunidad autónoma.
En el documento se refleja la limitación de reuniones en espacios públicos o privados a como máximo 4 personas en el exterior y en el interior y la limitación del derecho de movilidad, como máximo, desde las 23:00 y hasta las 06:00 horas.
El documento incluye como recomendación el desaconsejar expresamente la celebración de encuentros sociales en los domicilios o en otros espacios cerrados con no convivientes. Además, se considera pertinente hacer una campaña institucional para evitar la relajación de comportamientos bajo el lema “No salvamos semanas, salvamos vidas”.