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Abierto el plazo para solicitar las ayudas para mejorar la seguridad laboral en las empresas de Madrid

by Gacetín Madrid

La Comunidad de Madrid abre desde hoy el plazo para solicitar las ayudas dirigidas a impulsar la reducción de la siniestralidad laboral mediante la mejora de las condiciones de seguridad y salud en los centros de trabajo de la región durante 2020.

Estas subvenciones, que tienen un presupuesto de 800.000 euros, fueron aprobadas en el último Consejo de Gobierno y ahora, tras la publicación ayer del extracto de su convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), se abre un plazo de presentación de solicitudes que se prolongará hasta el próximo 11 de septiembre.

El objetivo de estas ayudas, a través de la Dirección General de Trabajo, es incentivar la adquisición de maquinaria nueva y equipos de trabajo, tal y como recoge el V Plan Director de Prevención de Riesgos laborales de la Comunidad de Madrid 2017-2020, firmado con los agentes sociales.

El texto señala la necesaria implementación de actuaciones dirigidas a promover la mejora de los equipos de trabajo, prevenir las caídas en altura o las enfermedades profesionales y la renovación de maquinaria que, aun cumpliendo la legislación vigente, sea sustituida por otra de mayores niveles de seguridad, reduciendo así los accidentes en jornada laboral con baja con mayor incidencia en la siniestralidad global de la región.

La convocatoria cuenta con cinco líneas de ayudas con dotaciones que van desde los 100.000 a los 275.000 euros y donde el gasto subvencionable en todas ellas entre los 1.001 y 5.000 euros será del 75% acreditado. En solicitudes superiores a 5.000 euros, el gasto subvencionable será del 40% hasta un máximo de 12.000 euros por línea, mientras que en el caso concreto de la línea 2 (dotada con 100.000 euros), en las solicitudes de cuantías hasta 1.000 euros serán subvencionables el 100% de los gastos acreditados.

Los beneficiarios son personas físicas o jurídicas, siempre que tengan uno o varios trabajadores por cuenta ajena, tengan actividad económica en la Comunidad de Madrid y realicen las inversiones o actividades objeto de subvención en centros de trabajo situados dentro del territorio de la Comunidad de Madrid.

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