Este lunes, 4 de mayo, da comienzo la fase inicial o ‘Fase 0’ de la desescalada en la Comunidad de Madrid, que se alargaría hasta el 11 de mayo y contempla la apertura parcial de actividades, aunque con estrictas medidas sanitarias y de higiene con el fin de evitar la propagación de la pandemia del coronavirus COVID-19.
En particular, se contempla la apertura parcial de actividades económicas como pudieran ser la apertura del pequeño comercio con cita previa o servicio en mostrador, restaurantes y cafeterías con entrega para llevar, actividades en el ámbito agrario, actividades deportivas, profesionales, alojamientos turísticos sin utilización de zonas comunes y con restricciones, entre otras actividades.
Comercio minorista y servicios (como librerías, ferreterías, talleres o peluquerías)
– Apertura de locales y establecimientos de hasta 400 metros cuadrados con cita previa para la atención individual de los clientes, con el ratio de un cliente por trabajador.
– Estos locales deberán contar con mostrador, mampara o, cuando esto no sea posible, garantizar el máximo de protección individual.
– Se establecerá un horario de atención preferente para personas mayores de 65 años.
– Cuando el servicio profesional requiera tener contacto con el cliente será obligatorio el uso demedidas de protección como mascarilla o guantes.
Restaurantes, bares y cafeterías
– Apertura de restaurantes y cafeterías con entrega para llevar tras haberse realizado el pedido por Internet o teléfono. Sin consumo en el local.
Hoteles y alojamientos turísticos
– No se permite actividad salvo excepciones ya reguladas.
Fisioterapia y centros de estética
– Será obligatorio el uso de equipos de protección individual (EPIs) y mantener una distancia mínima de dos metros entre los clientes.
Cultura y ocio
– En esta Fase 0 se contempla la apertura de archivos.
– Sus servicios serán preferentemente por vía telemática, no obstante, cuando sea absolutamente imprescindible, los ciudadanos podrán solicitar la consulta presencial con cita previa.
– Las solicitudes de documentación podrán alcanzar hasta un máximo de 25 unidades cuando sean consultas telemáticas y, 10 unidades, cuando sean consultas presenciales, en ambos casos por cada jornada de trabajo.
– Las solicitudes se registrarán y atenderán por orden de recepción, aunque tendrán preferencia las peticiones de información y las copias de documentos que deban aportarse en procedimientos administrativos y judiciales.
Paseos y deporte no profesional (de 14 a 70 años)
– De 06:00 a 10:00 horas y de 20:00 a 23:00 horas.
– Actividad deportiva sin contacto (montar en bici, correr, patinar, surf, etc.) siempre que se haga de forma individual y con la protección adecuada (distancia, mascarilla en deportes no acuáticos, cuando sea posible, etc.). Sin salir del municipio.
– Los paseos serán individuales con la compañía de tan solo otra persona con la que se conviva. Máximo a un kilómetro de distancia de la vivienda de residencia.
Niños (de 0 a 13 años)
– De 12:00 a 19:00 horas.
– Una vez al día, una hora y máximo a un kilómetro de distancia de la vivienda de residencia.
– Acompañado de un adulto. Cada adulto máximo 3 niños con los que se conviva.
Mayores de 70 años y dependientes de cualquier edad
– De 10:00 a 12:00 horas y de 19:00 a 20:00 horas.
Deporte profesional y federado
– Entrenamientos individuales de profesionales y federados. Entrenamiento básico de ligas profesionales. Actividad deportiva sin contacto.
– Los deportistas profesionales podrán hacer entrenamientos individuales al aire libre y dentro de su provincia.
– Los deportistas federados podrán hacer entrenamientos de forma individual, al aire libre, dos veces al día entre las 06:00 a 10:00 horas y de 20:00 a 23:00 horas, siempre dentro de su municipio y sin entrenadores.
Movilidad urbana e interurbana
– Incremento progresivo de frecuencias en el transporte público, especialmente en hora punta.
– Preparación de planes de movilidad reforzada, incluyendo gestión de la demanda.
– En la distribución de la ocupación se prestará especial atención a la habilitación de espacios para personas con discapacidad.
– Obligatoriedad de uso de mascarillas que cubran nariz y boca a todos los usuarios de los servicios de transporte público y colectivo, tanto terrestre, como autobús, taxi, VTC y ferrocarril, como al transporte aéreo y marítimo.
– En los vehículos de turismo particulares podrán viajar dos personas por cada fila de asientos, siempre que usen mascarillas y respeten la máxima distancia posible entre ocupantes. Este mismo criterio será de aplicación para el transporte privado complementario realizado en vehículos de turismo, que es aquél que realizan las empresas para su personal con medios propios de transporte.
– Esta posibilidad se extiende a otros vehículos que dispongan únicamente de una fila de asientos, como cabinas de vehículos pesados, furgonetas o similares, en la que podrán viajar dos personas siempre que utilicen la correspondiente mascarilla. En caso contrario, únicamente podrá viajar el conductor.
– Por otro lado, en los transportes públicos de viajeros realizados en vehículos de turismo, es decir, taxi y VTC, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, excepto en la del conductor, en la que sólo viajará él mismo.
Movilidad terrestre de media y larga distancia
– Mantenimiento de las condiciones actuales (limitación de número de servicios al 30% respecto al periodo normal).
– En la distribución de la ocupación se prestará especial atención a la habilitación de espacios para personas con discapacidad.
Obras
– Permitidas las obras en viviendas y locales o en otras zonas delimitadas no habitadas, así como en las que no tengan acceso los residentes.
– Las obras que se realicen en locales, viviendas u otras zonas delimitadas del edificio no habitadas, o a las que no tengan acceso los residentes mientras duren las obras, siempre que se cumplan todas las condiciones siguientes:
a) Se limite la circulación de los trabajadores y materiales por zonas comunes no sectorizadas y se adopten todas las medidas oportunas para evitar, durante el desarrollo de la jornada, el contacto con los vecinos del inmueble.
b) El acceso y salida de esos locales, viviendas o zonas, se produzcan al inicio y a la finalización de la jornada laboral.
c) Los trabajadores adopten las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias.
– Asimismo, en todos los casos exceptuados, se permite el acceso a zonas no sectorizadas del edificio, para la realización de las operaciones puntuales de conexión con las redes de servicios del edificio que sean necesarias para acometer las obras.
Laboral
– Teletrabajo preferente, en las empresas y puestos donde sea posible.
– Escalonamiento en la entrada y salida de centros de trabajo.
Servicios Sociales
– Completar la incorporación de trabajadores sociales dada su importancia enla protección de colectivos especialmente vulnerables.
Educación y universidades
– Se fomentará la educación en linea o a distancia.