- El Estado de Alarma ya fue prorrogado el pasado 26 de marzo con 321 votos a favor, 0 en contra y 28 abstenciones (ERC, JxCat, EH Bildu, la CUP y el BNG).
- El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, tomará la decisión este mismo sábado después de reunirse con el Comité Técnico.
- Además, ante las críticas de la oposición de «falta de diálogo» y “unilateralidad”, desde el Ejecutivo se mantendrá una serie de contactos a lo largo del fin de semana con los distintos partidos de la oposición
A pesar de que las medidas de confinamiento para luchar contra el coronavirus COVID-19 están comenzando a dar sus frutos y, según el ministro de Sanidad Salvador Illa el ritmo de contagio se ha «ralentizado», el Gobierno de España está preparando una nueva prórroga del Estado de Alarma otros 15 días más a partir del próximo 11 de abril, lo que extendería el confinamiento hasta casi el mes de mayo.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, tomará la decisión este mismo sábado después de reunirse con el Comité Técnico que está gestionando a más alto nivel la crisis del coronavirus COVID-19. Fuentes socialistas consultadas por Gacetín Madrid dan por hecho esta prórroga.
Además, ante las críticas de la oposición de «falta de diálogo» y “unilateralidad”, desde el Ejecutivo se mantendrá una serie de contactos a lo largo del fin de semana con los distintos partidos de la oposición para informarles de las medidas a adoptar y se intentará aproximar posturas usando una fórmula de unidad similar a la usada en los Pactos de La Moncloa de 1977.
El Pleno del Congreso autorizó el pasado jueves, 26 de marzo, la prórroga del Estado de Alarma hasta las 00:00 horas del domingo 12 abril, tal y como había solicitado el Gobierno, que declaró dicho estado el pasado 14 de marzo mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y modificado por el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo.
Declaración del Estado de Alarma
El real decreto que regula el Estado de Alarma, y del que informó el presidente del Gobierno el pasado miércoles 18 de marzo al Congreso de los Diputados, afecta a todo el territorio nacional y señala al Gobierno como la autoridad competente durante su vigencia, siendo autoridades competentes delgadas, bajo la superior dirección del presidente, la ministra de Defensa, Margarita Robles, el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, el ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos, y el ministro de Sanidad, Salvador Illa.
Durante la vigencia del mismo queda limitada la libre circulación de las personas, pudiendo sólo desplazarse, de forma individual, para actividades esenciales como adquirir alimentos o productos farmacéuticos, asistir a centros sanitarios, a los lugares de trabajo, para asistir a mayores, menores o dependientes, así como por razones de fuerza mayor debidamente justificadas.
Asimismo, queda suspendida la actividad lectiva presencial en todos los centros educativos y la apertura al público de los locales y establecimientos minoristas, a excepción de los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, sanitarios, centros o clínicas veterinarias, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, comercio por internet, telefónico o correspondencia, tintorerías, lavanderías y el ejercicio profesional de la actividad de peluquería a domicilio. También se cierran al público establecimientos de ocio, instalaciones culturales, artísticas, de hostelería y restauración.
El real decreto establece que los empleadores, tanto públicos como privados, estarán obligados a facilitar la prestación laboral o funcionarial por medios no presenciales; restringe determinados medios de transporte y toma medidas para garantizar el suministro alimentario y energético.
Del mismo modo, los integrantes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, los Cuerpos de Policía de las comunidades autónomas y de las corporaciones locales quedan bajo las órdenes directas del Ministro del Interior y todas las autoridades civiles sanitarias de las administraciones públicas del territorio nacional, así como los demás funcionarios y trabajadores al servicio de las mismas, quedan bajo las órdenes directas del Ministro de Sanidad.