«El Ayuntamiento no va a dudar en aplicar esta norma y en decirle a todo aquel madrileño que está deambulando libremente, que actuaremos con toda la contundencia». Así lo ha indicado el alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, en referencia a la entrada en vigor del Estado de Alarma que limita el libre movimiento de los ciudadanos por las calles y carreteras para detener la expansión del coronavirus Covid-19.
«La Policía va a colaborar para que se cumpla en Madrid el Estado de Alarma» ha indicado Almeida refiriéndose a estas restricciones, que prohíben el salir a la calle sin justificación, aunque ha incidido en que «nosotros ya teníamos todos los procedimientos para que desde que la Policía Municipal hubiera una colaboración total y absoluta. Estamos en condiciones de hacerlo, pero pido la colaboración a todos los madrileños«.
En cuanto a las aglomeraciones de personas vividas este sábado en parques y jardines de Madrid, el alcalde lo ha tachado de «irresponsabilidad» y ha reconocido que fue un «error de cálculo» del Ayuntamiento el pensar que «balizando todas las zonas infantiles íbamos a evitar que se produjera esa concentración», aunque finalmente se ha decretado el cierre de estos lugares: «en el momento que hemos visto que la gente de forma irresponsable iba masivamente a parques, hemos decidido que había que proceder de inmediato al cierre«.
José Luis Martínez-Almeida ha incidido desde el jueves, a través de declaraciones por vídeo en redes sociales y televisión, la necesidad de que los madrileños permanezcan en sus casas. Incluso la Policía Municipal de Madrid ha usado sus drones para avisar a los ciudadanos, a través de megafonía, de esto.
En una declaración institucional televisada esta noche de sábado, 14 de marzo, el presidente del Gobierno de España, Pedro Sánchez, ha anunciado la aprobación por el Consejo de Ministro del Real Decreto que establece el Estado de Alarma en todo el país durante un período prorrogable de 15 días. Este Estado de Alarma entrará en vigor nada más que se publique en el BOE esta misma noche de sábado.
Una de las partes más importantes de este Real Decreto está en las restricciones a la libre circulación de personas por las calles y carreteras españolas. En un principio el Borrador contemplaba que serían efectivas a partir de las 08:00 del lunes 16 de marzo de 2020, pero Sánchez ha señalado que las restricciones serán válidas a partir de este mismo sábado.
Durante la vigencia del Estado de Alarma los ciudadanos únicamente podrán circular «de uno en uno» por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:
a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
b) Asistencia a centros sanitarios.
c) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
d) Retorno al lugar de residencia habitual.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a entidades financieras.
g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada.
Igualmente, se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio. En todo caso, en cualquier desplazamiento deberán respetarse las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.
El titular del Ministerio del Interior podrá acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por los mismos motivos. Las autoridades estatales, autonómicas y locales competentes en materia de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial garantizarán la divulgación entre la población de las medidas que puedan afectar al tráfico rodado.