La resolución señala que “la protección a la salud y al medio ambiente son principios que deben regir la actuación de los poderes públicos”.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 24 de Madrid ha confirmado la suspensión de la moratoria de sanciones de Madrid Central tras escuchar a las partes, el Ayuntamiento de Madrid y las plataformas ecologistas, al entender que “la existencia de deficiencias en el sistema de multas debe ceder ante la protección a la salud y al medio ambiente”.
El Ayuntamiento de Madrid, gobernado por PP y Ciudadanos, decidió suspender temporalmente las multas por acceder a Madrid Central sin permiso. Ante ello, asociaciones ecologistas y plataformas a favor de esta zona de prioridad residencial lo recurrieron a los tribunales, que suspendieron la moratoria de multas y pusieron en marcha de nuevo Madrid Central.
Ante ello, el alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida recurrió la decisión, algo que hoy el juez ha desestimado, al entender que “ante una medida dirigida a la protección del medio ambiente, como es Madrid Central, el acuerdo municipal (que la suspendía) no ofrece ninguna alternativa para suplir la supresión de la zona de bajas emisiones, ni justifica tampoco que la misma haya sido ineficaz o haya producido un daño mayor del que trataba de evitar en el plano medioambiental”.
En la misma resolución se indica que “la protección a la salud y al medio ambiente son principios que deben regir la actuación de los poderes públicos, y en este caso es exigible en mayor medida dado que se está suprimiendo una actuación tendente a proteger ambos bienes constitucionales, sin ofrecer alternativas ni medidas opcionales”.
La Administración, dice el auto, “cuenta con medios suficientes para depurar las anomalías que puedan producirse en un procedimiento sancionador y para ello no es imprescindible eliminar la vigencia de la zona de bajas emisiones, sin perjuicio de que tales deficiencias deben ser corregidas lo antes posible para que el sistema funcione con todas las consecuencias, incluida la sanción al infractor”.
Contra esta resolución cabe la interposición de recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Madrid.
2 comentarios
Esas asociaciones ecologistas y plataformas a favor de la zona de prioridad residencial son grupos privilegiados subvencionados liberticidas… ¿Salud en una jaula sin libertad de movimiento en igualdad para todos los ciudadanos? Se ve perfectamente la mano del radicalismo progre de la ultraizquierda que sabe muy bien como vivir parasitariamente del pueblo sin trabajar. Solo saben prohibir, sancionar, encarcelar, robar y, llegado el momento, eliminar a todo aquel que no piense como ellos.
Es una absoluta vergüenza la intromisión judicial en una más que razonable medida de movilidad en la capital ante unos desgarramantas progres que quieren convertir el centro en un gueto de drogadictos y prostitución, que es el entorno donde estos personajes se sienten cómodos.
Sería muy bueno conocer el nombre del juez de esta absurda y tendenciosa sentencia, más que nada para ir teniendo en cuenta quién es el magistrado que sustituirá a los siniestros Garzón, Marlaska o la inclina Carmena.
A parte de prohibir y multar no he oído a esta patulea de payasos progres una propuesta inteligente viable en beneficio de los derechos humanos básicos. Abajo la dictadura bananera comunista que quiere crear un gran gulag en Madrid.
Adelante Almeida, que no quede ni rastro de esa basura llamada Madrid Central…
Menos mal que por una vez la Jysticia, hace justicia y pone cordura y mantiene el fantástico plan de Carmena de Madrid Central.Hasta la Comunidad Europea habla de descontaminar el centro de las grandes ciudades.Eso tambien servirá de freno a los inconscientes y amantes de «la pela» del PP para no hacer barbaridades, que si fuera por ellos, harian desaparecer todo lo bien hecho por la maravillosa Carmena.