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AEA recurre ante los tribunales ‘Madrid Central’ y el distintivo medioambiental de la DGT

Gacetín Madrid

La organización de defensa de los conductores, Automovilistas Europeos Asociados (AEA), ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid la nueva Ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, cuestionando la puesta en marcha del “Madrid Central”, así como la legalidad del distintivo y la clasificación medioambiental efectuada por la Dirección General de Tráfico.

La nueva normativa municipal obliga a todos los vehículos que circulen o estacionen por la capital madrileña a disponer y exhibir un distintivo ambiental que les identifique según su potencial contaminante a partir del 23 abril de 2019 y prohíbe la circulación de aquellos que carezcan de él.

En el caso de la circulación por “Madrid Central” las restricciones empezaron el pasado 30 de noviembre, si bien el Ayuntamiento de Madrid anunció que no impondría sanciones hasta el próximo 15 de marzo.

En relación con este anuncio, AEA ha advertido en una nota hecha pública esta mañana de la posible ilegalidad en que puede incurrir el consistorio madrileño al imponer sanciones por no utilizar distintivos medioambientales “ya que a ningún ciudadano se le puede exigir el cumplimiento de una obligación, y mucho menos restringir su derecho a la libre circulación, sin que previamente exista una norma con rango de ley que lo ampare”, tal y como han argumentado en el recurso judicial interpuesto.

En su recurso, AEA cuestiona no sólo la legalidad del distintivo ambiental “V-25” creado por la Orden PCI/810/2018, de 27 de julio, sino también la clasificación realizada por la DGT, ya que a su juicio “ni la DGT tiene competencias para ello, ni la ley ha determinado quién debe expedir el distintivo, ni su formato, ni las prescripciones técnicas, ni tan siquiera el coste de expedición y quién debe asumirlo.”

Respecto del precio que algunas entidades privadas están cobrando por la expedición del distintivo ambiental de la DGT (entre 5 y 10 euros), AEA advierte que este hecho podría constituir una exacción ilegal al no haberse regulado por ley el cobro de una tasa o un precio público por la prestación de un servicio de solicitud o recepción obligatoria como es el distintivo medioambiental.

Además la DGT envió gratuitamente distintivos a 4.500.000 de automovilistas, tratando de forma discriminatoria al resto de propietarios (unos 14.000.000) a los que se les obliga a pagar setenta millones de euros.

Por último, AEA considera que la DGT ha dejado indefensos a millones de automovilistas españoles al haber realizado una clasificación técnica medioambiental de sus vehículos -que implica una restricción a la libre circulación-, sin habérselo comunicado fehacientemente a sus propietarios, impidiendo con ello el ejercicio del derecho a presentar recurso contra ella, en caso de no estar conformes.

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