La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid acordó el pasado 21 de diciembre renovar la declaración de Zona de Protección Acústica Especial (ZPAE) para la totalidad del distrito de Centro, al tiempo que aprobó el Plan Zonal Específico de la misma. Esta medida se aprueba tras la revisión a los 5 años, de acuerdo con la normativa, de la ZPAE declarada en 2012 para el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica.

La actuación se enmarca en la serie de acciones que el área de Medio Ambiente y Movilidad ha puesto en marcha, en un proceso de diálogo con asociaciones vecinales y el sector del ocio, a fin de «preservar el bienestar de los ciudadanos y de mejorar las condiciones ambientales en las que las personas desarrollan su quehacer diario en Madrid».

Se abre ahora un periodo de información pública, por un plazo de un mes, tras la publicación del dictamen en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) para la presentación de alegaciones, tanto de asociaciones u organismos como por parte de la ciudadanía madrileña.

El ocio nocturno es uno de los principales causantes de molestias entre la población, especialmente por los altos niveles de ruido que se producen durante el periodo de descanso de los vecinos residentes en las zonas donde se concentran locales de ocio.

La primera de las zonas de ocio nocturno cartografiadas fue el entorno de Argüelles, más conocido como Aurrerá, que fue declarado como ZPAE en octubre del año 2010. A esta primera actuación le siguió el distrito de Centro, declarado ZPAE en octubre de 2012, y la zona de Azca-Avenida de Brasil, declarada en enero de 2015. Posteriormente, la revisión de Aurrerá dio lugar a la ZPAE del barrio de Gaztambide, declarada en julio de 2017.

Ámbito de aplicación

La nueva ZPAE se ha aprobado de acuerdo a la normativa, que exige revisar cada 5 años los planes de calidad acústica para orientarlos hacia el cumplimiento de los objetivos marcados, y continuará actuando en la totalidad del distrito Centro, como la declarada en 2012.

Para la elaboración del nuevo Plan se han empleado los mismos procedimientos que para las zonas ya declaradas como de protección acústica citadas anteriormente: se han tenido en cuenta los datos del tráfico rodado del Mapa Estratégico de Ruido y se han realizado dos campañas de medición, que han servido para elaborar la cartografía de ocio nocturno del mismo.

De los resultados de las medidas realizadas se ha podido comprobar que los niveles registrados, en periodo nocturno, no cumplen con los objetivos de calidad acústica establecidos, llegando a superarlos, en alguna de ellas, en hasta 19 dBA.

Dentro del ámbito de la ZPAE y del Plan Zonal Específico, y atendiendo a los niveles de contaminación acústica existentes, se han establecido tres zonas con características y medidas correctoras diferentes para la recuperación acústica de las mismas: Zonas de contaminación acústica Alta, Moderada y Baja, siendo las primeras aquellas en las que se ha apreciado una superación de los objetivos de calidad acústica, en el indicador del nivel de ruido en periodo nocturno Ln, igual o superior a 10 dBA, Moderada cuando supera ese indicador de nivel entre 5 y 10 dBA y Baja cuando la superación no llega a 5 dBA.

Régimen para zona de contaminación acústica alta

A esta zona se le aplicarán las medidas más restrictivas, entre ellas:

  • No se permitirá la apertura de nuevos locales de espectáculos públicos (restaurantes o café espectáculo, salas de fiesta); actividades recreativas (discotecas o salas de baile) y otros establecimientos como bares de copas, bares, ni restaurantes.
  • En los locales que ya existen, solo se admitirán los cambios de actividad cuando esta sea a otra menos molesta (por ejemplo una discoteca podrá cambiar de actividad para ser restaurante, pero no a la inversa).
  • Se reduce el horario de cierre de las terrazas, que en periodo estacional (desde el 16 de marzo hasta el 15 de octubre) será de 10:00 a 01:00 horas de viernes, sábado y víspera de festivo, y de 10:00 a 00:00 horas de lunes, martes, miércoles, jueves y domingo. El resto del año y para aquellas que tengan autorización para un período de funcionamiento anual, el horario permitido será de 10:00 a 23:00 horas.

Régimen para zona de contaminación acústica media

A esta zona se le aplican también medidas restrictivas, algunas:

  • No se permitirá la apertura de nuevos locales de espectáculos públicos (restaurantes o café espectáculo, salas de fiesta); actividades recreativas (discotecas o salas de baile) y otros establecimientos como bares de copas. Sí se permite la instalación de bares o restaurantes con un determinado régimen de distancias.
  • En las actividades existentes solo se admitirán los cambios de actividad cuando ésta sea a otra menos molesta.
  • Se reduce el horario de cierre de las terrazas, pero en menor medida que en la zona de máxima contaminación, que en periodo estacional (desde el 16 de marzo hasta el 15 de octubre) será de 10:00 a 01:30 horas de viernes, sábado y víspera de festivo, y de 10:00 a 00:00 horas de lunes, martes, miércoles, jueves y domingo. El resto del año y para aquellas que tengan autorización para un período de funcionamiento anual, el horario permitido será de 10:00 a 23:00 horas.

Régimen para zona de contaminación acústica baja

A esta zona se le aplicarán las medidas menos restrictivas, entre las cuales figuran:

  • Se permitirá la instalación de nuevos locales de ocio nocturno, pero con un régimen de distancias entre el nuevo local y las actividades existentes, según éstas se encuentran en una zona de contaminación acústica alta (300 m.), moderada (150 m.), baja (100 m.) o sin superación de objetivos acústicos (75 m).
  • Se reduce el horario de cierre de las terrazas, aunque en menor medida que en el resto de las zonas, siendo en periodo estacional (desde el 16 de marzo hasta el 15 de octubre) de 10:00 a 01:30 horas de viernes, sábado y víspera de festivo, y de 10:00 a 00:00 horas de lunes, martes, miércoles, jueves y domingo. El resto del año y para aquellas que tengan autorización para un período de funcionamiento anual, el horario permitido será de 10:00 a 23:00 horas.

Otras medidas

La declaración de ZPAE también incluye medidas de carácter general, entre las que cabe destacar:

  • Se establecerán medidas de movilidad con el objetivo de reducir los actuales niveles de contaminación acústica debidos al tráfico rodado, como la implantación de un régimen regulador especial de la carga y descarga, la intensificación del control del estacionamiento en doble fila en aquellas calles que se encuentren situadas en las zonas con contaminación acústica y el incremento de medidas de templado del tráfico.
  • Las actuaciones musicales que se pretendan realizar en el medio ambiente exterior, estarán sujetas a autorización.
  • Se realizarán campañas de concienciación y sensibilización, dirigidas a los usuarios de ocio nocturno, a fin de reducir el impacto de ocio nocturno en la ciudad.
  • Se establecen restricciones para la utilización de música en actividades comerciales e industriales, así como limitaciones a la venta y el consumo de bebidas alcohólicas.

Renovación de licencias

Tanto en la zona alta, como media o baja de protección, las licencias que caduquen tras la entrada en vigor del Plan aprobado serán renovadas, en su caso, con el carácter de nueva licencia, teniendo por tanto que someterse a las mismas condiciones que las actividades de nueva implantación.

Experiencia en la ZPAE de Centro

Tras cinco años de vigencia de las medidas contenidas en el Plan Zonal Específico y los consiguientes estudios de evaluación, se ha podido conocer la eficacia de las medidas correctoras implantadas, y concluir que la fuente de ruido causante de la molestia principal a los vecinos durante el periodo nocturno es debida al ocio.

Se han llevado a cabo dos campañas de mediciones, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, para comprobar los niveles de ruido existentes en el distrito de Centro. Estas mediciones han permitido constatar que, a pesar de haber disminuido los niveles sonoros ambientales que dieron lugar a la ZPAE del año 2012, se siguen incumpliendo los objetivos de calidad acústica durante el periodo nocturno, por lo que hay que modificar la ZPAE existente y actualizar el vigente Plan Zonal Específico.

Con la entrada en vigor de esta nueva ZPAE en el distrito de Centro, se espera  continuar mejorando su situación acústica y poder así compatibilizar el derecho al ocio nocturno y el derecho al descanso de la ciudadanía madrileña.


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