La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid celebra este martes, 5 de junio, a partir de las 10:15 horas la vista oral del juicio contra Carlos E. G. por la supuesta comisión de dos delitos de elusión tributaria en el ejercicio de 2006, uno de ellos referido al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el otro referido al Impuesto sobre el Patrimonio. El representante del Ministerio Fiscal solicita una pena de dos años y seis meses de prisión.
Según el relato elaborado por la Fiscalía en el escrito de calificación provisional, el procesado, en el año 2006 tenía en la entidad bancaria suiza UBP depositados distintos valores por los que debió integrar en la base imponible del IRPF una renta mínima de 41.733 euros, así como 849.961 euros en la base imponible del Impuesto sobre el Patrimonio.
Además, en el banco Crédit Andorrà era titular de una cuenta en la que poseía un saldo de 2.212.521 euros que debe ser considerada como ganancia patrimonial no justificada en el IRPF y también debió integrarse en la base imponible del impuesto sobre el Patrimonio. También en ese mismo banco era titular de una cartera de valores en la que obtuvo unas ganancias de capital de 212.428,77 euros que debieron también integrarse en la base imponible del IRPF, así como el saldo de 3.373.700,08 euros en la base imponible del Impuesto sobre el Patrimonio.
Por otro lado, en la entidad suiza UBS, era titular de una sociedad que arrojó unas pérdidas de 6.266,50 euros que debieron restarse de la base imponible, si bien, los valores depositados en esa cuenta ascendían a 1.766.807 euros que debieron integrase a la base imponible del Impuesto de Patrimonio.
En la entidad BNP tenía una cuenta que obtuvo unos intereses de 192.364 euros y unas pérdidas de 31.882 euros, que tampoco fueron consignados en la formalización del IRPF del citado 2006. El saldo de esta cuenta ascendía a 850.497 euros y tampoco fueron declarados.
En el banco andorrano, Andbank, poseía, siempre a través de su empresa Mainline Holding S. A., una cuenta que obtuvo ese año unos beneficios de 22.988,75 euros y unos gastos de 4.996,12 euros, que tampoco integró en la base imponible del IRPF. El saldo de esta cuenta ascendía a 1.091.587,44 euros no declarados.
Finalmente, en el BancSabadell D’Andorra tenía una cuenta a través de la que se materializó la venta de la totalidad de acciones de la Escala Group INC, obteniendo una plusvalía de 1.818.296,05 euros, sin que esta cantidad fuera tributada. En cuanto al Impuesto sobre el Patrimonio, debió integrar en su base imponible un saldo por importe de 5.428.327,67 euros.
Si bien el acusado, el 25 de marzo de 2012 presentó declaraciones complementarias correspondientes al IRPF y al Impuesto sobre el Patrimonio de 2006, éstas, según la Fiscalía, no fueron ni completas ni veraces.
De esta manera, de haber sido declaradas las rentas ocultadas a la Hacienda Pública por el acusado, en el citado periodo debió de ingresar en el IRPF 1.613.502,69 euros y sólo regularizó en 2012 393.018,28 euros, por lo que la diferencia dejada a ingresar asciende a 1.220.484,41 euros.
Igualmente, de haber sido declarado el patrimonio ocultado a la Hacienda Pública por el acusado en el Impuesto sobre el Patrimonio, debió de ingresar 267.168,82 euros y sólo regularizó 140.061,05 euros, por lo que la diferencia dejada a ingresar asciende a 127.107,77 euros.