La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid ha acordado hoy destinar 1,2 millones de euros para financiar la convocatoria pública de subvenciones a proyectos vinculados a la colaboración con entidades del tercer sector para las anualidades 2024 y 2025, dotadas con 600.000 euros cada una, según ha informado la vicealcaldesa y portavoz municipal, Inma Sanz, en la rueda de prensa posterior a la Junta.
La finalidad de esta convocatoria, que se enmarca en el Plan Estratégico de Subvenciones 2023-2025 del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento, es la financiación de proyectos de colaboración con entidades del tercer sector que contribuyan a un diseño más sostenible de la ciudad y a la creación de espacios de participación para que mejoren las condiciones de vida de los ciudadanos desde un punto de vista social, económico y medioambiental.
El importe de la convocatoria se incrementa respecto de las de años anteriores, pasando de una cantidad anual de 500.000 a 600.000 euros. El importe máximo subvencionable para cada proyecto será de 62.500 euros para el conjunto de ambas anualidades.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones, por primera vez, las asociaciones de base, además de las federaciones, confederaciones, uniones de asociaciones de base y fundaciones inscritas en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos, así como las agrupaciones de entidades, motivo por el que se ha añadido la incompatibilidad de la percepción de estas subvenciones con otras convocadas por la misma área de Gobierno o los distritos para la misma finalidad.
Proyectos con carácter bienal por primera vez
Esta convocatoria establece, por primera vez, que los proyectos tendrán carácter bienal y para ello se financiarán con cargo a las dos anualidades presupuestarias, con un plazo máximo de ejecución fijado entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2025. Será imprescindible que, al menos, las dos terceras partes de las actividades de estos proyectos se desarrollen en el término municipal de Madrid y, además, deberán incluir actividades en cada uno de los años naturales comprendidos en dicho periodo.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM). La solicitud de subvención, junto con los anexos que correspondan en cada caso y la documentación exigida, se dirigirán a la Dirección General de Participación Ciudadana y deberán presentarse electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es), utilizando alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Consistorio.