La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid juzga desde este martes, 6 de febrero, a A. S. A. y J. J. G. R., un agente y un subinspector de la Policía Nacional que de forma coordinada llevaron a cabo un plan para que el primero de ellos cobrara 3.948 euros pese a que no llegó intervenir en un dispositivo de prevención de incendios forestales para el que había sido comisionado. El representante del Ministerio Público les imputa un delito continuado de falsedad en documento oficial.
La Fiscalía Provincial de Madrid solicita 33 meses de prisión para cada uno de ellos. Según la Fiscalía, el 24 de junio de 2019 A. S. A. fue comisionado para intervenir en el dispositivo de prevención de incendios forestales (Pladiga) como agente del Cuerpo Nacional de Policía, sección de caballería, en Santiago de Compostela, desde el 1 de julio hasta el 1 de septiembre de 2019 por la que le correspondería recibir un importe total de 3.948,80 euros en modalidad de residencia eventual.
El escrito subraya que A. S. A. sabía que una enfermedad que padecía su padre le iba impedir incorporarse a dicha comisión o a participar en la misma y, pese a todo, no notificó esta situación a los superiores jerárquicos por el conducto correspondiente, ni tampoco rechazó la comisión. Es más, tan solo se limitó a poner en exclusivo conocimiento de tal circunstancia al subinspector y, también acusado, J. J. G. R.
Así, “con la intención de obtener un inmediato beneficio patrimonial”, firmó a fecha de 1 de agosto de 2019 la certificación de la unidad proponente y cuenta justificativa para recibir el cobro por los servicios prestados desde el día 1 de julio hasta el día 31 de julio. “Y ello a sabiendas de que no había realizado desplazamiento alguno durante el mes de julio a Santiago de Compostela y de que no había prestado los servicios que le reconocen el derecho al cobro de esta liquidación durante las fechas señaladas, recibiendo un ingreso de 1.912,70 euros por estos servicios no prestados”.
Con idéntico propósito de enriquecimiento ilícito, el 2 de septiembre presentó y firmó la certificación de la unidad proponente y cuenta justificativa para recibir el cobro por los servicios prestados que tampoco había realizado desde el día 1 de agosto hasta el 1 de septiembre a las 16:30 horas, “a sabiendas de que se había incorporado a la comisión el día 16 de agosto, recibiendo la totalidad de la mensualidad -un ingreso de 1.974,40 euros- pese a que estos servicios solo los prestó parcialmente, por lo que cobró indebidamente 863,80 euros”. En total A. S. A. obtuvo un beneficio patrimonial de 2776,50 euros, “habida cuenta de que se incorporó a la comisión el día 16 de agosto”.
A juicio de la Fiscalía, la actuación de A. S. A. se vio ”amparada”, “posibilitada” y “favorecida” por la mediación del subinspector, a la sazón jefe de A. S. A. y responsable del control y efectivo cumplimiento de la comisión “a sabiendas de que A. S. A. no se había desplazado a Santiago de Compostela hasta el día 16 de agosto”. Por ello la Fiscalía entiende que contribuyó en el diseño y ejecución de la “maquinación fraudulenta”, cubriendo y sustituyéndolo, “y ello sin dar noticia de las incidencias que ocasionó la tardía incorporación del agente en el cuerpo desplazado en Santiago por el conducto reglamentario previsto, permitiendo con su actuación que éste percibiera las cantidades indebidas”.