La Sección 16ª de la Audiencia Provincial de Madrid inicia este lunes, 13 de noviembre, el juicio contra seis agentes de Policía Nacional quienes a raíz de la orden dada por el jefe del grupo abrieron con un ariete la puerta de un piso turístico en el distrito madrileño de Salamanca después de que los vecinos denunciaran el ruido y los gritos de jóvenes que procedía de la vivienda por una fiesta, en pleno Estado de Alarma por la pandemia mundial del coronavirus.
La Fiscalía Provincial de Madrid ha solicitado la absolución para ellos. El representante del Ministerio Público imputa a los acusados un delito de allanamiento de morada, si bien a los cinco subordinados pide que les aplique la eximente completa de obrar en el cumplimiento de un deber. En cuando al jefe del grupo entiende que en este caso concurre en el Código Penal un error vencible de tipo dado que no recoge la modalidad imprudente (que hubiera actuado en la creencia de que el acto era legal).
El escrito de la Fiscalía, al que ha tenido acceso Gacetín Madrid, sostiene que sobre las 00:50 horas del 21 de marzo 2021 se requirió la presencia policial en una vivienda de la calle Lagasca de Madrid cuando se estaba celebrando una fiesta que incumplía las restricciones establecidas tras la declaración del estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2 (coronavirus). Entre dichas restricciones se encontraba la prohibición de reuniones de personas no convivientes en lugares privados.
Como consecuencia del aviso, se personaron en el inmueble cinco policías junto con otro agente que actuaba como jefe del operativo. Una vez allí comprobaron cómo, efectivamente, se estaba celebrando una fiesta “ya que el ruido de la música y las voces se oían desde las zonas comunes del edificio”. Dicha vivienda, según la Fiscalía, tenía apariencia exterior de ser una vivienda turística “por las características del sistema de apertura con llave magnética”.
A continuación, el jefe del operativo requirió a las personas que se encontraban en el interior del inmueble a fin de que salieran “a identificarse al haber incurrido en una infracción de las restricciones establecidas como consecuencia de la declaración del Estado de Alarma”. Todas las personas que en aquel momento se encontraban en el interior de la vivienda se negaron durante aproximadamente unos 45 minutos tanto a abrir la puerta como a identificarse ante ellos.
El propio jefe del operativo, “actuando en el pleno convencimiento de que estas personas se encontraban cometiendo un delito flagrante de desobediencia a la autoridad”, entendió que esta circunstancia le facultaba para acceder al interior del inmueble, pese a que una de las personas allí presentes le manifestó que era necesaria autorización judicial para acceder al interior.
Pese a ello dio la orden de abrir la puerta a sus subordinados que no fue cuestionada por ninguno de los acusados “quienes consideraron que se trataba de una orden legal emanada de un superior jerárquico”. Así procedieron a tratar de abrir la puerta mediante el método del resbalón, posteriormente mediante el desmontaje de la cerradura y, “dado el fracaso de estos dos intentos”, finalmente mediante el empleo de un ariete lograron abrir la puerta y acceder al interior donde se produjo la detención de las personas que allí se encontraban, “salvo de aquellos que manifestaron que querían abrir la puerta ante el requerimiento policial”.