El Grupo Municipal de Más Madrid ha reprochado al Gobierno de Almeida que «recorte las horas de ayuda a domicilio a los más vulnerables». «Las personas mayores no le interesan nada al Gobierno de Almeida y, a pesar de las reiteradas peticiones y propuestas planteadas por el grupo mayoritario en el Ayuntamiento, la nueva Ordenanza de Ayuda a Domicilio recorta hasta 20 horas al mes la prestación de este servicio a los casos más graves y más dependientes», han denunciado.
La norma está en su fase final de tramitación y Más Madrid «lleva meses peleando para que la Ordenanza no sea una oportunidad perdida, otra más de un mandato en blanco, y para garantizar un mejor servicio a nuestros mayores evitando los recortes”. La concejala de Más Madrid Mar Barberán ha sido contundente hoy, cuando finaliza el plazo de presentación de enmiendas al proyecto de la Ordenanza: “A Almeida no le importa dejar sin atención a los que más lo necesitan”.
A pesar de las aportaciones de la fuerza que lidera Rita Maestre, el Gobierno municipal no ha incluido modificaciones sustanciales en la nueva norma, que previsiblemente se elevará a pleno este mes de junio. Más Madrid, ha señalado, «defenderá sus enmiendas hasta el final para evitar que, en cuanto el gobierno municipal dé luz verde, más de 80.000 personas sufran una reducción de hasta 20 horas mensuales en la ayuda a domicilio”.
Mar Barberán ha incidido en que «el recorte es impresentable, cuando la prestación de este servicio de acompañamiento, aseo y cuidado personal, limpieza del domicilio, incluso de ayuda a la ingesta de alimentos, es fundamental para las personas más dependientes». “Es una vergüenza que se reduzcan las horas de atención, máxime cuando la principal queja del servicio, por parte de los mayores y sus familias, es la falta de horas para cubrir todas las necesidades. Otra oportunidad perdida para mejorar un servicio muy necesario y muy apreciado en nuestra ciudad, lamentablemente Almeida nunca está a la altura”.
Contexto de la Ordenanza y del servicio de ayuda a domicilio
Hoy concluye el trámite de alegaciones, en el que no se han producido modificaciones significativas sobre el texto original, ya que el gobierno municipal no tiene voluntad de consensuarlo ni de dar marcha atrás en los recortes de horas de prestación del servicio. Más Madrid ha presentado seis enmiendas parciales al texto, de las que solo una se ha aceptado:
1.- Sobre el título de la ordenanza y el objeto de la misma. En el título de la ordenanza se hace mención a los servicios que regula con carácter genérico, a excepción del Centro municipal de Atención Integral Neurocognitiva Doctor Salgado Alba, que referencia a un Centro concreto ya existente. Más Madrid considera más adecuado incluir una referencia genérica al tipo de servicio evitando la mención a un Centro concreto, puesto que esta limitación podría dificultar la regulación de futuros centros de similares características. Aceptada
2.- Sobre la tramitación y agilización. No se percibe mejora objetiva en la tramitación de las solicitudes, los tiempos de tramitación (tres meses) se mantienen respecto a la Ordenanza vigente. Más Madrid considera necesario incluir en esta nueva Ordenanza el detalle de las mejoras posibles para agilizar el procedimiento, así como la reducción del tiempo máximo de tramitación para la mejor atención de la ciudadanía madrileña. Y también que se incluya el respiro familiar en el supuesto de aplicación para la tramitación simplificada como razón de urgencia o riesgo inminente. No aceptada.
3.- Sobre la intensidad de la prestación del servicio. El proyecto de Ordenanza propone reducir la prestación efectiva de hasta 20 horas al mes para aquellas personas que obtienen puntuaciones más altas en la baremación de necesidad. Esto supondrá un deterioro grave del servicio, puesto que dejará sin cubrir o cubrirá peor, las necesidades de las personas usuarias. A juicio de Más Madrid, la nueva ordenanza debería mantener la asignación de horas de atención actualmente en vigor, en cada uno de los intervalos de puntuación, complementando el número de horas asignadas por la Comunidad de Madrid. Además, en el artículo 16 sobre la intensidad del servicio de Centros de Día, los bloques de puntuación se han reducido con respecto a la Ordenanza de 2009. No debe haber una reducción en la asignación por días de asistencia al centro.
Más Madrid se opone también a la reducción de las horas/mes recogida en el artículo 23. 1 sobre la compatibilidad del Servicio de Ayuda a Domicilio con el Centro de Día, respecto a la Ordenanza 2009. Deben mantenerse las horas que se asignaban en este régimen complementario en la Ordenanza 2009.
En relación a la intensidad y asignación de días de los Centros de Día, también se produce una reducción significativa para aquellas personas que puntúan entre 40 y 50 puntos en el baremo, puesto que en la Ordenanza SAD de 2009, el número de días asignados para esas situaciones podría ser de 2,3 o 5 días, mientras que en el Anteproyecto de Ordenanza se limita a 2 o 3 días con el mismo baremo.N o aceptada.
4.- Sobre el carácter de los servicios. En el reconocimiento al acceso a los servicios, el anteproyecto de Ordenanza establece que se llevará a cabo “en función de los recursos públicos disponibles”. Más Madrid cree que esta prestación considerada como un servicio esencial para que las personas mayores, con discapacidad, o en situación de fragilidad, puedan permanecer el mayor tiempo posible en su domicilio no puede estar sujeta a disponibilidad presupuestaria. Se debe garantizar el acceso a los servicios recogidos en esta ordenanza como derecho subjetivo. No aceptada.
5.- Sobre control y seguimiento. En el artículo 22 sobre Procedimiento de control y seguimiento, se define que “los servicios municipales podrán realizar las comprobaciones necesarias durante la tramitación del procedimiento y en las fases posteriores”, por lo que no queda explícita la obligatoriedad del control. Más Madrid piensa que es más adecuado mantener el texto de la Ordenanza anterior en el que es más evidente la obligatoriedad del control a las empresas y el seguimiento del servicio por parte de los profesionales. No aceptada.
6.- En cuanto a obligaciones de las personas beneficiarias. Dentro de las obligaciones de las personas beneficiarias de los servicios, se ha incluido una obligación no reflejada en la Ordenanza en vigor: Mantener una actitud correcta y de respeto hacia la dignidad del personal implicado en la atención de las personas usuarias de los servicios, así como a las demás personas usuarias. Si bien resulta necesario subrayar la necesidad de un comportamiento adecuado, su concreción en forma de reglamento puede resultar compleja, especialmente en entornos de personas con las capacidades cognitivas alteradas. En este sentido, Más Madrid propone que se tengan en cuenta las necesidades de las personas beneficiarias y las circunstancias de cada una de ellas al concretar en qué condiciones se podrá proceder a la expulsión en cualquiera de los programas y dispositivos regulados por la Ordenanza. No aceptada.
7.- Lenguaje inclusivo. Más Madrid propone eliminar la disposición adicional sobre lenguaje no sexista y que el texto respete las exigencias de la Ley de Igualdad en cuanto a uso de lenguaje no sexista, usando genéricos reales y desdoblamientos (masculino y femenino) cuando sea necesario. No aceptada. El Servicio de Ayuda a domicilio es un servicio municipal con el que se presta atención domiciliaria a las personas mayores o dependientes que siguen residiendo en sus domicilios. Personal cualificado se desplaza a los domicilios varios días por semana (en función del grado de necesidad) y durante unas horas realiza tareas de acompañamiento a mayores, aseo y limpieza…