La Junta de Gobierno ha aprobado reservar, como mínimo, el 3% del importe de los contratos que adjudique en 2022 el Ayuntamiento de Madrid, incluidos sus organismos autónomos y las entidades del sector público municipal, a centros especiales de empleo de iniciativa social y a empresas de inserción.
Este acuerdo permitirá, según ha explicado la portavoz municipal, Inmaculada Sanz, aumentar un cuarto de punto el porcentaje de reserva en la contratación municipal para estos centros y empresas, fijado en el 2,75% en 2021, reforzando de esta manera el compromiso del Ayuntamiento con la contratación socialmente responsable. El nuevo porcentaje se calculará sobre la extensa tipología de los contratos de servicios y suministros contemplados en el anexo VI de la Ley de Contratos del Sector Público.
Además, tras el acuerdo de la Junta de Gobierno, por decreto de la delegada de Hacienda y Personal se aprobará próximamente el plan de reserva con la relación concreta de los contratos a través de los que se materializará durante 2022. En los planes de reserva de años precedentes predominaron los contratos vinculados a servicios de mantenimiento, limpieza, jardinería y mensajería, así como los de actividades auxiliares de información y control en el acceso de edificios.
Reserva consolidada en este mandato
El Ayuntamiento de Madrid, en los últimos seis años, ha aprobado otras tantas reservas, además de incrementar sus porcentajes. En el año 2016, se aprobó el 0,5 %; el 0,6 % en 2017; el 0,7 % para 2018; el 2 % en 2019; el 2,5% en 2020 y el 2,75 % en 2021. El incremento propuesto para el próximo año consolidará el avance de los últimos años.
El cálculo del porcentaje de reserva mínima para el año 2022 se ha realizado sobre los importes de adjudicación de la anualidad correspondiente al año 2021 y de forma estimativa supondrá una reserva mínima de 5 millones de euros. El importe estimado en 2021, cuando la reserva se estableció en el 2,75 %, fue de 4,35 millones de euros. No obstante, se trata de un porcentaje y un importe mínimo, lo que significa que los contratos finalmente reservados para su adjudicación durante 2021 por los diferentes centros gestores y órganos de contratación municipales (Ayuntamiento, organismos autónomos y sector público) pueden superar este porcentaje, tal y como ya ha ocurrido en los dos años precedentes. Los 5 millones de euros estimados para el próximo año duplican el importe de 2019 que fue de 2,4 millones de euros.
Con el acuerdo de la Junta de Gobierno se da cumplimiento a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Publico, que establece en su disposición adicional cuarta la regulación de los denominados contratos reservados, disponiendo que el órgano competente en el ámbito de las entidades locales fijará porcentajes mínimos de reserva del derecho a participar a centros especiales de empleo de iniciativa social y a empresas de inserción, calculados sobre el importe global de los procedimientos de adjudicación de suministros y servicios incluidos en el anexo VI celebrados en el ejercicio anterior.
Centros especiales de empleo y empresas de inserción
Los centros especiales de empleo de iniciativa social son aquellos que actúan en el mercado contratando a personas con discapacidad en, al menos, el 70 % de la plantilla, que, además, son promovidos y participados en más de un 50 %, directa o indirectamente, por una o varias entidades, ya sean públicas o privadas, que no tengan ánimo de lucro o que tengan reconocido su carácter social en sus estatutos. Estos centros están obligados a la reinversión íntegra de sus beneficios para creación de oportunidades de empleo para personas con discapacidad y la mejora continua de su competitividad y de su actividad de economía social, teniendo, en todo caso, la facultad de optar por reinvertirlos en el propio centro especial de empleo o en otros centros especiales de empleo de iniciativa social.
Las empresas de inserción son sociedades mercantiles o sociedades cooperativas legalmente constituidas que, debidamente calificadas por los organismos autonómicos competentes en la materia, realicen cualquier actividad económica de producción de bienes y servicios cuyo objeto social tenga como fin la integración y formación sociolaboral de personas en situación de exclusión social como tránsito al empleo ordinario, cuando cumplan los requisitos previstos en la legislación que regula a este tipo de empresas.